Buenas tardes, les pongo en situación para que me puedan aconsejar:
Hay un padre que hace años que no tiene relación con su hijo sin embargo le pasa todos los meses una pensión. Este padre quiere casarse por segunda vez con una mujer que tiene un hijo de su anterior relación. Él tiene una vivienda a su nombre. En caso de fallecer y si no nombra a su único descendiente heredero universal ¿qué porcentaje le correspondería respecto al de la viuda y el hijo de esta? En el caso de que sea un porcentaje bajo y su hijo quiera reclamar ¿qué posibilidades tiene para adquirir la vivienda tal y como le prometió su padre cuando era pequeño? Si en un futuro padre e hijo se reconcilian ¿podría cambiar su testamento antes de fallecer a favor de su único hijo?
Si ese señor muere sin testamento, su hijo heredará el 100% de lo que tenga en el momento de su muerte, sea por título privativo o por lo que le corresponda con la liquidación de gananciales que sobreviene con la muerte. En este caso, la viuda tendrá el 33% del usufructo vitalicio de esos mismos bienes. Si hace testamento, ha de reservar un 66% de propiedad al hijo y además el 33% del usufructo a la viuda, que son las porciones mínimas de legítima.