Os planteo un caso complicadísimo. Un hombre muere en La Rioja en 1979 dejando en herencia un piso a sus 2 hermanos. Uno de los hermanos no tiene hijos, pero sí 8 sobrinos; y el otro tiene 3 hijos. Sin embargo ambos hermanos acaban falleciendo sin haber reclamado la herencia ni haber hecho nada al respecto... En 2019 ya sólo viven 4 de los sobrinos y desean vender ese piso y repartir el dinero de la venta. Pero se plantean 2 importantes dudas:
1- ¿Hereda el mismo porcentaje la persona que recibe de su padre que el que recibe de su tío?
2- ¿Tienen derecho a herencia los hijos de los sobrinos fallecidos?
Muchas gracias de antemano,
Los sobrinos no heredan absolutamente nada. El piso entero es de los descendientes del hermano con hijos, que se lo repartirán al 100% sea cual sea la ruta hereditaria que se adopte (reversión al tronco o derecho de acrecer) con respecto al hermano sin descendientes, ya que este no tenía herederos legítimos y a los hijos del otro hermano les corresponde, a partes iguales, lo que era para su padre. Pueden pedir, como parientes en tercer grado del causante, que se les entregue el otro 50% que ha devenido intestado. Es decir: nada de sobrinos.