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Herencia: si renuncio a favor de mi hijo, pago el isd y lo puedo hacer de inmediato?

1 Comentarios
 
Herencia: si renuncio a favor de mi hijo, pago el isd y lo puedo hacer de inmediato?
15/12/2023 01:37
Voy a recibir una herencia junto a mis hermanos y mi idea es trasladarla a mi hijo.
Seque primero debo aceptarla y luego donarla a mi hijo.

El dia que pague el impuesto de sucesiones puedo ya ir a notario y renunciar para donarla a mi hijo o para considerarse aceptada por mi antes debe registrarse toda la herencia a nombre de los herederos? Escrituras etc...

O yo pago el Impuesto y acudo a notario indicando que renuncio a favor de un hijo?
18/12/2023 10:07
Una cosa es hacienda y otra el reparto de la herencia; por supuesto lo que tengas que pagar en hacienda dependerá de eso, pero no hace falta pagar para aceptar la herencia, eso si quieres lo puedes hacer después.
En la notaría puedes hacer lo que quieras, o bien haces una renuncia traslativa o (renunciar a favor de otro) que tendrá efecto desde el mismo día, o bien la aceptas, y otro día u otro año o cuando quieras tú. En cualquier caso luego ante hacienda tendrás que presentar el ISD por la herencia recibida, junto con los demás hermanos, y aparte presentar el ISD por la donación.
Lo más lógico en tu caso es hacerlo después del reparto de herencia.