Hola a todos y gracias de antemano. Necesito hacer una consulta. Una tía mía quiere realizar testamento y dejar herencia a los sobrinos, esta me pregunta que si deja herencia a dos sobrinos menores de un hermano que esta separado si su ex mujer podría tener acceso a esa herencia o como mínimo administrarla, usarla, etc.. Que acceso podría tener su excuñada a la herencia si les deja algo de herencia a los citados menores?
Su madre podría administrar los bienes, pero en testamento su tía puede disponer que, mientras sean menores de edad, la administración de los bienes hereditarios sea a cargo de otra persona, es decir, nombrar un albacea para que así sea esa persona la que administre los bienes.
Muchas gracias por su respuesta, pero me surgen mas dudas con su respuesta, si la herencia fuera un Inmueble (una casa), Podría la ex hacer uso de esa casa hasta la mayoría de edad de esos menores, o si fuera un terreno podría disfrutarlo, ya que venderlo entiendo que no. Muchas gracias por su tiempo.
Administrar no es sólo enajenar bienes. Administrar implica toda actividad que se imagine para mantener un derecho.
En el caso que comenta, un bien inmueble, administrar significará: llevar a cabo las acciones pertinentes para mantener su habitabilidad (en caso de ser una vivienda), o para que siga estando ajustado a las ordenanzas municipales relativas al mantenimiento de los solares. También gestionar los pagos de los impuestos que corresponga (IBI), en fin, gestionar todo lo que está unido de manera directa o indirecta con esa propiedad.
Respecto del uso, los menores no tienen ninguna limitación para disfrutar de los inmuebles, y si la custodia de éstos los tiene la madre, lo lógico, lo natural, lo más normal, es que la madre los acompañe en su uso y disfrute, porque son menores y solos no pueden vivir, ni lo más adecuado es dejarlos disfrutar de la vivienda solos sin vigilancia por parte de sus progenitores, ya que hay que velar por su bienestar y su integridad. Tampoco vería correcto, y además, me parece una solución con poco encaje legal, que por medio de testamento se establezca que cuando los menores quieran hacer uso del inmueble tengan que estar acompañados por una tercera persona distinta de su madre, ya que ésto supondría establecer un "pseudo régimen de visitas" a favor de terceros por vía extrajudicial (es decir, sin que un fiscal y un juez hayan decidido si el mismo es beneficioso o perjudicial para el menor).