Habrá que dar una parte a los hermanos si son copropietarios, si no lo son, entonces no. El régimen aplicable dependerá del territorio porque Cataluña y Aragón tiene su propio derecho de sucesiones. Consulte con un abogado.
Un saludo.
Si en un matrimonio fallece la esposa y no hay hijos comunes ni ascendientes de ella, al vender el piso común, hay que dar una parte de la venta a los hermanos de ella?
Gracias