Mi hermana falleció sin testamento y sin hijos y compró una vivienda antes de casarse, es decir que es privativa. Mis padres han muerto y mi hermano y yo pensábamos que no nos correspondía nada pero nos ha llamado el que fuera mi cuñado y dice que no puede arreglar nada hasta que no renunciemos a la herencia que nos corresponde ¿Que porcentaje nos correspondería? La herencia es la casa y el coche que también era privativo de mi hermana.
Siempre que sus padres hayan fallecido antes que su hermana, entiendo que se aplicaría el siguiente artículo del Código Civil: (dando por supuesto que no estén afectados ustedes por alguna legislación foral)
Artículo 944
En defecto de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente.
Si sus padres fallecieron después que ella, habrían tenido derecho a heredar, entiendo yo, todos sus bienes, excepto la legítima del cónyuge viudo, es decir, el usufructo de la mitad de la herencia.
En cualquier caso, ¿qué es lo que no puede "arreglar" su cuñado? Porque para adjudicar la herencia de su hermana, es necesario hacer una declaración de herederos, y después de eso es cuando ustedes, si es que fuera el caso, tendrían que renunciar a su parte, no antes.