Mi hermano y yo hemos heredado la vivienda de mi madre, actualmente mi hermano vive en ella.
Mi consulta es, ¿sí mi hermano compartiera nuestra vivienda con otra persona, en caso de fallecimiento de mi hermano en que situación me quedaría yo siendo propietario del 50 por ciento de la mencionada vivienda?. ¿ Tendría algún derecho su pareja sobre la vivienda sin estar casado ni ser pareja de hecho, simplemente por el hecho de vivir en ella?.
Gracias.
Hola, a bote pronto y con los datos que da, si no hay otorgado testamento el legítimo heredero de su hermano sería usted. Por lo que adquiriría vía herencia el 50% restante de la vivienda. En caso de testamento habría que ver que dispone acerca del tercio de libre disposición. Saludos.
Muchas Gracias por tan rápida respuesta, no era exactamente esa mi duda, ya que no existe termino de libre disposición tengo muy claro que yo sería el propietario del 50%.
Mi preocupación o duda es sí en un futuro próximo mi hermano comparte vivienda con otra persona y esta persona hace de ella su domicilio habitual, en caso de fallecimiento de mi hermano sí a su pareja le corresponde algún derecho de usufructo o algo así sobre dicha vivienda, que me impidiera a mi el venderla.
Está usted planteando un caso que no ha sucedido y que no hay por qué pensar que vaya a suceder. Esto pone su cuestión en algo puramente especulativo, requiriendo una respuesta que parta de una situación imaginaria. Ni siquiera se sabe quien va a morir antes, qué le deparará la vida sentimental a cada cuál o dónde acabará viviendo o usted y su hermano.El acceso al usufructo y a cualquier otra clase de donación o negocio jurídico como permuta o compraventa requieren de un acto voluntario explícito del propietario. No existen derechos hereditarios ni donatarios que provengan del mero alta en el padrón del ayuntamiento. Por lo tanto, si su hermano muere antes que usted, si usted en ese momento sigue siendo propietario del 50% de la vivienda; si además su hermano tiene una relación sentimental con una persona y esa pareja decide vivir en la casa en la que actualmente reside su hermano, si además éste no ha tenido ningún revés económico que le haya hecho perder su porción de propiedad de la vivienda y, finalmente, si su hermano no ha otorgado testamento y no ha constituido ningún usufructo en favor de una tercera persona por su porcentaje de propiedad, puede decirse que esa persona la podrá desalojar usted tras 2-3 años de pleitos.