Hola.
Nuestro padre ha acumulado deudas con el estado, con empresas y con particulares, y tiene intencion de seguir acumulandolas. Recientemente sufrio un infarto del que se recuperó. Estamos asustados de que si fallece, la responsabilidad de la deuda pase a nosotros. ¿Existe alguna forma de renunciar a la herencia de la deuda (y los bienes, supongo)? ¿Cuando tendriamos que hacerlo? ¿Antes o despues del fallecimiento? Gracias