Si hacen la adjudicación por las buenas, en notaría, tienen que estar todos sentados a la misma mesa, firmando el mismo documento, que es la propia escritura de adjudicación. Cada cual paga su escritura en proporción a sus respectivas cuotas, de forma que ustedes podrán inscribir 2/3 de propiedad con su escritura original (ya le darán la factura), y los herederos de 1/3 lo mismo. En cuanto a los impuestos, ambas adjudicaciones tienen asignado un valor distinto y también distinto titular, por lo que cada parte paga lo suyo. Se les sugiere que, si pueden, paguen un dinero a los herederos de 1/3 para que les cedan esa parte.
Tienen que tratar con el beneficiario del tercio que no corresponde a su hermana. En el caso de que esté fallecido con descendientes, estos son los copropietarios por herencia. Si consideran que estos herederos van a renunciar en favor de ustedes la tercera parte de la propiedad del piso, han de hacer la correspondiente escritura de renuncia a toda la herencia de la abuela; que es una escritura independiente y previa a la escritura de aceptación. Puede firmarse todo simultáneamente.
El piso, que es en realidad lo que heredamos de mi hermana, serían dos tercios del mismo que es lo que le había legado mi abuela a mi hermana? Para el total no habría que reunir a los demás para que nos cediesen su tercio ante notario?
Los herederos no tenían que renunciar a nada, sino aceptar la herencia tal y como dispuso la abuela. Si su hermana murió sin descendientes, ascendientes ni marido ni testamento, pueden ustedes aceptar la herencia, sea cual fuere la masa hereditaria. Lo del piso, si está todavía a nombre de la abuela, se puede arreglar sin necesidad de contactar con todos los primos, sino recontruyendo la conexión entre ustedes, su hermana, el hijo de su abuela (es decir, su padre o su madre) y su propia abuela. No ha pasado ni un solo día de prescripción, puesto que eso se produce cuando una herencia es indebidamente apropiada, lo cual no ha ocurrido.
Mi abuela falleció en 2009 dejando su herencia en testamento a su nieta, mi hermana, a razón de 2/3. La legítima quedó para sus 4 hijos vivos y los tres hijos de un hijo fallecido.La herencia es un piso que no estaba terminado de pagar y mi hermana pagó y residía en él. Mi hermana falleció hace un mes, casi 14 años después. Nosotros somos 3 hermanos herederos de ella. El piso no está escriturado ya que no se contactó con el resto de herederos para que renunciasen.Nadie ha reclamado nada en más de 10 años. Qué derecho tenemos sobre el piso y si hay que contactar con los otros herederos o ya ha prescrito el tiempo de reclamaciones?
Para escriturar hay que contar con los demás? Los demás hijos de mi abuela han fallecido, pero han dejado herederos.