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Herencia cuando una hermana se niega a firmar

10 Comentarios
 
03/01/2020 14:15
Carmen2569
Buenos dias les comento mi madre fallecio hace 4 meses y no dejo testamento y me piden para la declaracion de herederos el libro de familia cual no tengo.
he pedido la partida de matrimonio de mis padres y partida de nacimiento mia.
El problema que tengo una hermana con cual no me hablo y no consigo su partida de nacimiento.
Solo se sus nombres y apellidos y fecha de nacimiento y que nacio en Bruselas igual que yo.
Me valdria presentarme ante notario solo con estos datos?
Gracias por su respuestas.
19/09/2017 09:33
Carmen2569
Gracias 1996, entonces me parece que vamos a ir a juicio, a no ser que renuncie (ja,ja,ja) no queremos ningún tipo de relación con este personaje, después de lo que les hizo a nuestros padres...
18/09/2017 21:53
Hathor
Tienes que tener claro un concepto. El tercero es tan heredero como los demás. Otra cosa es que en la partición tenga mas o menos parte, pero tiene los mismos derechos que el resto de los herederos. Es decir, los demás no pueden decidir unilateralmente que parte se le adjudica, aunque su participación sea la mínima legal. Por consiguiente, estais condenados a entenderos y llegar a un acuerdo consensuado entre todos.
18/09/2017 14:26
Carmen2569
Hola, en el caso de que el tercero en discordia solo tenga la legítima, habiendo poco dinero y un terreno que cubre su parte de la legítima, se le puede adjudicar en el reparto de la herencia para no bloquear las demás propiedades que van a los demás hermanos?
Gracias
01/09/2017 14:12
Carmen2569
El impuesto de sucesiones tenéis que presentarlo en dos veces, una por las propiedades y otra adicional por la cuenta bancaria.

Si como dices el impuesto resultante el de 0€ yo optaría por hacerme cargo de el, pero solo el de las cuentas bancarias, y con la documentación de la liquidación adicional ir al banco para repartir el dinero de la cuenta.

Pero aunque fuese de coste cero el impuesto de sucesiones en referencia a las propiedades no lo asumáis, solo presentar a hacienda las vuestras y que sea vuestra hermana la que presente su liquidación. Le mandáis por correo certificado y con acuse de recibo, o incuso por burofax que certifique el contenido la carta de pago del impuesto a vuestra hermana y tendréis que dejarla un tiempo prudencial antes de interponer la denuncia. Ese impuesto caduca a los cuatro años y hay que pagarlo antes de seis meses de la fecha del fallecimiento salvo que se solicite una prorroga de otros seis meses, así que tendréis que esperar un par de años antes de interponer la denuncia para poder alegar que se ha negado a llegar a cualquier acuerdo e incluso asumir sus obligaciones fiscales, es decir denunciáis antes de que prescriba y pasado al menos un año del fallecimiento. Mientras tanto tendréis que asumir los costes del IBI vosotros, incluyendo la parte proporcional de vuestra hermana para poder alegar precisamente eso, la negativa a asumir sus obligaciones.

Sobre el impuesto de sucesiones de las propiedades pues lo tendréis un poco mas difícil porque hacienda no os sellaran las nuevas escrituras resultantes de la adjudicación de la herencia (que habréis forzado a aceptar o rechazar mediante el requerimiento de notoriedad) hasta que este todo liquidado y no podréis presentarlas en el registro de la propiedad sin esos sellos, algo que os vendrá bien de cara a la denuncia pero os supondrá un engorro.

Después a esperar a que el juez decida que hacer, porque puede optar por sacar a subasta publica la parte de la hermana o la totalidad de los inmuebles.
01/09/2017 10:42
Carmen2569
Muchas gracias Julianjr. Aqui en Valencia el impuesto sucesiones en nuestro caso es 0€. pero queria saber como funciona el tema del banco. Aunque nos demos de baja de luz, agua etc. Hay impuestos como el IBI y el administrador que debemos seguir pagando de los dos inmuebles entonces nos tenemos que hacer cargo nosotros y que pasa con la parte proporcional de mi hermana.

¿Pagamos nosotros y tenemos que esperar hasta que se solucione la denuncia o la subasta?

Muchas gracias
31/08/2017 19:54
1996
Con respecto al impuesto de sucesiones del banco decir que si, es cierto que el banco no va a soltar un duro hasta que ese impuesto no este liquidado, ahora bien dices que la cantidad es muy poca, y como al banco lo que le importa es el impuesto de sucesiones de la cuenta bancaria podéis liquidar ese impuesto de manera ADICIONAL de tal forma que en el modelo 650 solo se incluya el saldo de la cuenta bancaria, así lo he hecho yo hace dos meses, y como sera muy poco posiblemente nada podéis asumir el pago de la parte de vuestra hermana de ese impuesto y con los justificantes acudir al banco
31/08/2017 18:49
Carmen2569
Si. Podeis pedir la individualización de la liquidación tanto del impuesto de sucesiones, como de la plusvalia. En ambos liquidarán según conste en el testamento.
En cuanto al Banco, puedes tener la completa seguridad de que no os va a entregar ni un centimo hasta que no hayais liquidado los tres el impuesto de sucesiones, y LOS TRES firmeis documento privado ó público de aceptación y adjudicación de herencia, donde conste ese saldo y en que forma se reparte. En relación a este tema, ya hemos comentado varias veces que el efectivo sirve para equilibrar las particiones, ya que lo coherente es que, si se puede, cada heredero se quede con una propiedad entera, por lo que ese efectivo podría ser entero para uno solo de los herederos, según el acuerdo a que hayan llegado las partes.
En cualquier caso, el Banco tiene la obligación de atender todos los recibos que estuvieran domiciliados en relación al patrimonio de tu madre, por lo que el saldo irá desapareciendo. Puedes ver la normativa en la pagina web del Banco de España, en la memoria del "Departamento de Conducta de Mercado y reclamaciones del Banco de España"
31/08/2017 17:01
Carmen2569
Muchas gracias Julianjr por tu rapidez en la respuesta.
La única duda que me queda es que me confirmes si mi hermano y yo podemos liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalia actualizada de la parte que nos corresponde heredar ahora de mi madre ya que la de mi padre ya fue abonada hace algo mas de dos años y si el notario nos puede cobrar a nosotros los correspondientes honorarios a este tramite o tenemos que pagar los gastos de notaria de mi hermana.

Muchas gracias
31/08/2017 16:54
Carmen2569
Tenéis que solicitar a la notaria que le envíe un requerimiento notarial para que se persone en el plazo de 30 días para aceptar o rechazar la herencia, si en ese plazo que fijara el notario no se presenta se dará por entendido que acepta la herencia.

Lo segundo, no, vosotros no tenéis que pagar nada que a ella le corresponda, ni plusvalías ni impuestos de sucesiones, quien tendrá problemas en el futuro sera ella pues se irán acumulando unos costes por retrasos y terminara pagando mas, lo mas probable es que en las declaraciones de hacienda futura le impongan el pago de esos impuestos adeudados y con intereses.

Del dinero del banco simplemente os personaje en la entidad y señaláis que queréis liquidar la cuenta tal y como establezca el testamento, ellos realizaran las transferencias oportunas a cada heredero y si no tenéis el número de cuenta de vuestra hermana pues ese saldo quedara retenido en el banco en una cuenta que seguirá generando unos gastos y que solo ella tendrá que asumir, o lo que es lo mismo su parte poco a poco ira desaparecido y terminara acumulando deudas con el banco.

Si como dices no hay negociación posible pues solo queda interponer una denuncia ante los juzgados, un proceso largo que terminara obligando a sacar en subasta publica los bienes, momento en el que vosotros podréis pujar por ellos para haceros con la parte de la hermana díscola a un coste inferior al del mercado, aunque tendréis que estar atentos a los subasteros que querrán hacer negocio con vuestros problemas.
Herencia cuando una hermana se niega a firmar
31/08/2017 16:03
Buenas tardes, mi madre ha fallecido hace 10 días y nos encontramos con un problema.
Hace dos años y medio falleció mi padre aceptamos la herencia que nos correspondia a los hermanos y a mi madre y pagamos los impuestos correspondientes. Durante este tiempo mi hermana se ha desentendido de mi madre y ahora ya nos ha dicho por activa y por pasiva que no quiere saber nada de la herencia y que nunca va a firmar. Prefiere que hacienda se lleve las propiedades que tanto años de sudor les ha costado a mis padres.
Llegados a este punto tengo entendido que con la ley de 2015 mi hermana dispone de 30 días para comunicar si renuncia pero como no va hacer nada automaticamente acepta la herencia y todo lo que conlleva.
Mis preguntas son:
1. Desde cuando cuentan los 30 días y si podemos hacer algo en este periodo para evitar problemas mayores.
2.El resto de hermanos podemos pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalia correspondiente para evitar problemas con hacienda y la administración o tenemos que estar de acuerdo los 3 hermanos y firmar primero la aceptacion para luego pagar los impuestos aunque nunca podamos vender y repartir los bienes
3. Ya se que lo mejor es negociar y llegar a un acuerdo pero esto va a ser imposible.
Estamos hablando de unos 2000e en el banco y dos pisos, uno de los cuales lo quiere adquirir mi otro hermano y esto va a ser imposible.
Vivimos en Valencia y mi hermana la rebelde en Guadalajara
Muchas gracias por adelantado