Hace 15 años nuestra madre murió y nos dejó en propiedad a mi hermano y a mí el título de su farmacia. Como éramos menores, nuestro padre gestionó la venta a nuestro nombre. El dinero de la venta nunca llegó a estar en una cuenta a nuestro nombre (aunque si está documentada la herencia de la farmacia y su posterior venta). 12 años más tarde (hace 3), mi padre ha fallecido.
Al hacer la declaración del impuesto de sucesiones (Asturias) nos dedujimos la vivienda habitual y luego sobre el resto de la herencia (acciones, dinero y otra casa) sustrajimos el dinero “debido” por la venta de la farmacia por el que ya habíamos tributado en el anterior impuesto de sucesiones.
Ahora, tres años después de presentar la herencia (que había sido revisada por un abogado), nos ha llegado una carta indicándonos que “en ningún caso resultan deducibles las deudas a favor de los herederos ni aún en el supuesto de acreditarse su existencia” y que por lo tanto deberíamos de tributar por todo el dinero.
¿Hay alguna forma de arreglar esto? ¿Podríamos poner una denuncia a nuestro padre por apropiación indebida para recuperar el dinero? ¿Pararía esto el ingreso del impuesto hasta que se resolviese el juicio?
Gracias de antemano por la ayuda. La verdad es que han dado 15 días (después de estar ellos 3 años) para reclamaciones y estamos algo nerviosos.