Os pongo en antecedentes, mi padre le dió el dinero a mi hermano para que éste comprase un piso para él, así fue a la Notaría y escrituró el piso a nombre de mi hermano y desde entonces es suyo y le saca todos los rendimientos que se le pueden sacar a este piso de su ya propiedad. Mi pregunta es la siguiente: ¿ es este dinero que le dió mi padre a mi hermano para comprarse todo el piso (sin hipoteca, todo de golpe) susceptible de entrar en colación en el momento de la partición de la herencia? (no hubo título de donación, sólo entrega material del dinero a mi hermano) y en este caso y de ser que hubiese colación, entraría a colación el dinero entregado para adquirir el piso, o bien, entraría a colación el valor que hoy día tiene este piso en el mercado.
la duda que se suscita es que , es verdad, se trata de que le dona un bien fungible (dinero) para que compre el piso y lo ponga a su nombre... era una cantidad importante de dinero y lo más curioso es que puede probarse con una vida laboral de mi hermano en el que consta que por la época de adquisición de este piso el no tenía ingresos de ningún tipo... por eso es mi gran duda, ese dinero provino de mi padre y le supuso un beneficio considerable que podría interpretarse como anticipo de la herencia y por tanto, entrar en colación... es complicado sí, a mi también deberían de restarme de mi parte la entrada de mi piso que me ayudó mi padre pero que sin embargo pague yo en su totalidad con mis ingresos. por eso , es totalmente injusto pienso yo... si podéis echarme un cable os lo agradecería mucho,gracias!
Le comprendo perfectamente,pero las cosas son así.Conozco un caso de separación,en el que el piso matrimonial se puso en su momento a nombre de uno de los hijos del matrimonio y se ha quedado con él.Es una traición,pero él es el dueño ante la ley y aunque el dinero era del padre,ganado en su juventud y ahorrado para la compra del piso,no le han valido coplas a la hora de reclamar la propiedad para el reparto de beienes en la separación.De todas formas ha habido en su caso una mala fe por parte de su hermano,consulte a un abogado especialista en estos casos,a ver si hubiese posibilidad,aunque fuese sacarle los colores ante un tribunal,por mala fe.Suerte
Norbe77:
Teniendo en cuenta que en los terminos generales de derecho comun en la ley testamentaria, su padre puede mejorar con el tercio de mejora a un hijo sobre otro, dudo que pueda hacer nada, ya que el reparto de la herencia no lo hace usted, sino que lo hace su padre, puesto que es su dinero, y puede repartirlo dentro de los terminos legales como quiera, no tiene nada que hacer, le parezca a usted justo o no, lo justo es, que su padre mientras viva nadie puede mirar lo que tiene como algo que puede heredar, ya que eso lo normal es que se haga a su muerte, no mientras, en vida su padre es dueño de su dinero y no tiene ni porque dar explicaciones, le puede parecer seca mi respuesta pero es asi.
A ver si no me he expresado bien que suele pasar, mi gran duda era si esas liberalidades hechas en vida por mi padre como darle el dinero para comprarle el piso a mi padre y ponerlo a nombre suyo (de mi hermano) eran colacionables en el momento de partición de la herencia; respecto a la facultad de mejorar, mi padre no tuvo absolutamente ninguna voluntad notoria de mejorar a mi hermano en absoluto, su voluntad era, en su ignorancia, pagar menos impuestos ya que creía que una propiedad a nombre de un menor de edad era menos onerosa a ojos del fisco; posteriormente mi hermano, sí, a ojos de la ley, tomo ese piso y le sacó todo el rendimiento posible (absolutamente conforme a derecho). Únicamente mi duda era esa, si ese dinero o el piso en sí (aunque esto es muy improbable) es colacionable en el momento de partición de la herencia; además he puesto el tema de que mi padre me ayudó con la "entrada" de mi piso y esto debería ser colacionable, según he leído en algún estudio doctrinal pues no entraría dentro de lo dicho en el artículo 1041 del Código Civil. de cualquier manera muchas gracias por vuestras respuestas. un cordial saludo.
Norbe77:
Presumo que no le han agradado mucho las respuestas, al menos la mia, otra cosa que no entiendo es cuando dice que su hermano es menor, si entiendo menor por menor de edad, que yo sepa, no se pueden poner propiedades a nombre de un menor de edad, es ilegal.
Que si hombre que es colacionable la pega esta en la prueba. El Art 1035 Código civil lo dice bien claro: El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión, deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación, u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición.
Más claro el agua.
Nefernefari y morgana_6, estáis dando una respuesta sin conocer la respuesta jurídica. No es exacto que el padre pueda hacer con el dinero lo que quiera, tiene unos límites (ver la donación inoficiosa)
Es una caso de donación, y como tal, entre herederos forzosos, entra dentro de la colacción de la herencia.
El problema, como indica Iura, es que no hay pruebas, que el hermano no pudo comprar porque no tenía el dinero? pues vale, el problema es saber de dónde sacó el dinero, si puede demostrar que el padre se lo dió, pues entraría en la herencia, y aquí ya entraríamos en un largo proceso judicial.
Estaría bien algún papel privado antes de la muerte de tu padre e incluso mejor que tu padre hiciera testamento indicando las cantidades aportados, pero si eso no sucede, será complicado.
ea, muchas gracias a todos por vuestras respuestas y a nefernefari decir que no me ha ofendido o desagradado tus respuestas, todo es discutible y susceptible de ser debatido y más en la ciencia jurídica donde cada día surgen nuevos problemas y nuevas situaciones que exigen nuevos puntos de vista.
para arcos: respecto a la prueba, está la vida laboral... mi hermano no cotizó hasta principios de los noventa y este piso se adquirió en 1980 o 1981 si no me equivoco o sobre esas fechas. Lo cual demostraría que no tenía ingresos como para adquirirlo. Aunque un detallito de nada, cuando fue a escriturar el piso fue acompañado por mi padre, no sé si esto el notario lo tiene en cuenta a la hora de realizar escritura pùblica; es decir, si de verdad alude en la escritura u otros papeles que acude acompañado de mi padre y con dinero de éste etc.
mi hermano nunca pudo comprarse este piso por esto mismo, mi padre tiene una mediana empresa y un capital inmobiliario y mobiliario importante. de cualquier forma y como la mayoria de nosotros ignoro si hay testamento o todo esta cosa de documentos privados... de cualquier forma mi duda es que desconfio mucho que mi hermano acceda de su propia voluntad a declarar que este piso se le fue concedido en base a una liberalidad hecha por mi padre, y por tanto ser más justo con el resto de herederos y que entrase en colación. En todo caso, daros mis mas sinceras gracias por vuestras respuestas y si hay otra mas bienvenida sea. saludos.
Arcos si he dado esa respuesta es porque hay un precedente,en el que el padre igualmente le da a su hijo un dinero suyo privativo,para que compre un piso y está a nombre de ese hijo.También en esa época el hijo no tenia medios para haber conseguido ese dinero:Así que a la hora de la separación,el padre se ha quedado sin la mitad de su piso.