Gracias por las dos respuestas. En conclusion heredaran los parientes del ultimo fallecido sin haber dejado testamento, a tenor del art. 913, en este caso sus hermanos, que deberan hacer una declaracion de herederos, quedandose fuera de la herencia abintestato los hermanos del conyuge que primero murio.
En éste caso de falta de testamento procede efectuar una "declaración de herederos" ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde el fallecido tenía su domicilio habitual al tiempo de su fallecimiento, para determinar los parientes con derecho a herencia, y una vez realizada dicha declaración se procederá a realizar la partición de la herencia.
Respecto del procedimiento deberá dirigir un escrito al Juez de 1ª instancia del Juzgado antes indicado, sin necesidad de valerse de procurador, y si no me equivoco abogado sólo precisará si la cuantía de la herencia supera los 2.400 euros (400.000 ptas).
Junto con dicho escrito en el que se relatarán las circunstancias personales y familiares del fallecido, han de adjuntarse una serie de documentos(p.e: Certificado de defunción,Certificado del Registro General de Actos de Ultima Voluntad, que acredite que no hay testamento...) .
Si el marido fallece sin dejar testamento según el art. 944 de c.civil, el conyuge sobreviviente sucede en todos los bienes del difunto.
Cuando fallece el conyuge en este caso la mujer, sin hacer testamento por el art. 913 la ley difiere la herencia a los parientes del difunto a falta de herederos testamentarios.
Un matrimonio no tiene ni ascendientes ni descendientes, pero ambos tienen hermanos. El marido muere sin dejar testamento y pasa todo al conyuge superstite. La mujer muere sin haber hecho testamento.
Los hermanos del marido tienen derecho a pedir parte en la herencia?
Que procedimiento?