Usted tiene contrato, su contrato es verbal, pero es válido, y lo puede acreditar con los recibos de renta.
Lo malo es que, a la espera de que me diga desde qué provincia escribe, la mayoría de las Audiencias interpretan que el contrato temporal se rige por el Código Civil, y por lo tanto y a falta de prueba se consideraría por meses.
En cuanto a visitas, ahí sí que no: esa habitación es su domicilio y el domicilio es inviolable. Nadie puede entrar sin su permiso.
Os agradezco por vuestros consejos. Debido a una disputa con otra persona que vive en el piso, el inquilino principal (que no estaba presente durante la disputa) que tiene el contrato quiere que me marche al final del mes. Hasta ahora, no le he dado una fecha para dejar el piso. No tengo contrato y pago al inquilino que tiene el contrato del piso a través de transferencias. No tengo retraso en los pagos y tengo muy buenas relaciones con los vecinos.
El inquilino quiere organizar visitas y me ha dicho que no necesito de estar aquí. ¿Puedo rechazar estas visitas? Quiero irme y estoy organizando mi situación financiera para alquilar un piso solo con contrato, pero no estoy seguro de poder hacerlo antes del final del mes. ¿Puede el inquilino exigir que me vaya? ¿Cuáles son mis derechos?