Se puede establecer, acreditar la conveniencia y esperar la decisión del Juez (la validez del acuerdo queda por supuesto, supeditada a la existencia de una resolución judicial)
Un saludo
La amplia facultad de pacto entre conyuges no vincula al juzgado respecto de la custodia de los menores. La participacion de MFiscal e incluso el propio juez/magistrados deberan velar ante todo por el mejor derecho de ellos ( el llamado favor filis).
Creo que si podria verse ratificado tal acuerdo. Sera importante que la representacion letrada sea experta en familia ya que el MF e incluso el juez profundizaran en el acuerdo buscando la autentica realidad y procurando lo mejor para los hijos. El pacto debera contener una clara expresion de como se fomentara en tan dificil situacion la relacion fraterna entre ellos tanto en cuanto que ella este basada en amplio porcentaje en la convivencia de la que careceran.
Suerte y un saludo
si alguno habeis tenido caso similar en un sentido u otro me gustaría me informarais sobre lo siguiente:
aunque es principio general el procurar no separar a los hermanos en materia de atribución de guarda y custodia, sería posible establcer en convenio regulador lo contrario, que cada progenitor asumiera la de un menor. en su caso, es necesario probar la conveniencia de dicho acuerdo sobre la custodia?, esto es, que se hace en interés de los menores. por ejemplo, menor estabilizado en una determinada localidad y colegio, etc.. se queda con su padre y la madre ( divorciados ) que por razones laborales se tiene que ir a vivir a otra localidad con otro menor recien nacido, se podría pactar que cada uno asume la guardad e un menor?