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Grabar reuniones?

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373 Comentarios
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27/02/2006 14:49
Pues ya somos dos. Yo iba a decir lo mismo.
27/02/2006 14:38
Por mi oarte no objetaré, no hay problema Lorea, que siga la bola; yo paso.
En este tema hay quien ve cosas raras, cuando, a juzgar por lo escrito aquí, ya hay poco que añadir, al menos en el concepto que originó la pregunta.
Aprovecho la ocasión para deciros, voy a permanecer unos días ausente, en el foro; saludos para todos..
27/02/2006 14:28
He estado reflexionando y he llegado a la conclusión que voy a solicitar por escrito al presidente que incluya en el Orden del Día de la próxima Junta (ordinaria) el tema : Grabación de la Juntas. Con esto quiero decir que me habéis convencido.
Damaot, no se enfade, estaba intentando dar un toque jocoso al tema. Pero, ya, seriedad, que no me gusta el banquillo.
27/02/2006 12:20
Pues eso, si quieres que te de la razón, te la doy. Pero de paso adviérteles a Jueces y Magistrados de las "nefastas consecuencias" de grabar los Juicios sin consentimiento expreso de reos y abogados, y público en general.
27/02/2006 11:50
¿Y por qué se trata de un supuesto diferente, engañado?

En ambos casos se graba. El concepto GRABAR es idéntico. Y se hace sin consentimiento expreso.

No veo la diferencia.
27/02/2006 11:14
Para JMP y todos en general.

Estoy implicado en un Juicio de Equidad por Propiedad Horizontal, del caul se grabó el juicio sin solicitarlo ninguna de las partes y con preaviso de SS de tal circunstancia.

Aún no ha finalizado el proceso.

Pedí una copia del soporte en CD, mediante instancia, y a los quince días me llamaron para recogerla gratuitamente, y la tengo en mi poder.

Me consta que casi todos los abogados también la piden para conservarla en sus archivos.

Por mi parte, doy el tema por zanjado admitiendo que grabar una Junta con preaviso a sus asistentes, y el posterior empleo en su mismo contexto y finalidad, no vulnera la Ley.

Saludos.

27/02/2006 08:26
DickTurpin nos habla de una resolución de la APD que no es de aplicación al caso, porque no es lo mismo grabar algo que no son tus propias conversaciones (Cámara de seguridad que graba indiscriminadamente), que grabar en una Junta de propietarios donde el que graba sí que participa activamente de las deliberaciones e incluso las votaciones.

No son "supuestos similares".
26/02/2006 16:36
Vamos a dejarlo ya Alejandra y que cierren el telón.
(es broma)
26/02/2006 16:28
No, Alejandro, de ninguna manera pretendo que te metas con mi persona. Sobre todo teniendo en cuenta que no me caracterizo por ser una persona masoquista. Eso sí, tiendo a relacionar fácilmente cualquier crítica como si a mí fuera dirigida. ¿Por qué? Pues probablemente porque sé que el tema de PH no lo domino al igual que pueda dominar otros más afines a mi preparación. Pero así y todo, me gusta batir el bronce como dice damaot. Es muy divertido.
Gracias, no sé por qué pero gracias.
26/02/2006 16:19
A una compañera mía, damaot, le pasó que se fue de excursión con su grupo de alumnos/as y se llevó una cámara de video, les grabó y dio a conocer a los padres que disponía de dicha grabación. Hubo unos padres que se enfadaron mucho porque según ellos no habían dado ningún consentimiento para que su hija fuera grabada (igual no tenían razón). Desde este momento para realizar las grabaciones se pide permiso a los padres por escrito. Es más sencillo y te curas en salud.
No sé qué hubiera pasado si los padres hubieran "puesto";se dice, una demanda.
Yo no opino basándome en la jurisprudencia porque como muy bien dice DP, no hemos tocado muchos libros, manuales, repertorios, etc. (de derecho). Pero a veces con simples acuerdos evitas
grandes conflictos. Y ya sé que no es una respuesta jurídica ni legal.
26/02/2006 16:13
no lorena, no iba nada contra tí, todo lo contrario estaba defendiendo (y a mí también) tu/nuestra falta de conformismo, y defendiéndote de temas escritos por otros foreros hacia tu persona.

parece que quieras que me meta con tu persona jejeej, un saludo
26/02/2006 15:27
A mi me gustaría saber como resumen a todo lo vertido aquí si la evidencia clara es: Graba a tu prójimo como a ti mismo, cuando quieras donde quieras a la hora que quieras, sin contemplaciones. Todo está permitido. Y eso que ya estoy apeada.
perfil dp
26/02/2006 15:26
Las conclusiones jurídicas de todo lo dicho aquí son escuetas y evidentes. El que las quiera ver que las vea y el que no, pues allá él.
Las personales, cada uno tiene la suya propia.
Poco se puede decir ya después de toda la jurisprudencia vertida, que podrá ser ley o no, pero cuyo peso jurídico sólo lo puede negar quien ha tocado pocos libros, manuales, repertorios, etc.
Saludos.
26/02/2006 15:22
Hola a todos.

Yo también me apeo, pues para mí que ya hemos llegao. ¿A dónde? ¡Ah!.
Una última pregunta a todos.

Que pensarían, dirían, harían si tuvieran o tuviesen que defender a alguien que ha sido grabado sin su consentimiento?. No hace falta que me conteste.

Saludos.
26/02/2006 15:07
No insisto y me apeo.
26/02/2006 14:54
Este coloquio ya ha entrado en un diálogo de sordos, despues de 196 actuaciones, muchas de ellas provistas de gran argumento jurídico y supongo por personas que están muy cerca de las nuevas situaciones, siguen habiendo incrédulos; pues bien, en estos caso les recomendaría que no insistan o que se limiten a decir que de su opinión no se apean, pero que no intenten convencer con nuevos argumentos, porque hay una evidencia clara en lo vertido aquí.
perfil JMP
26/02/2006 13:09
No, es más, La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que las vistas serán grabadas.

Ni en la ley de Procedimiento laboral, ni en la de Enjuicimiento Criminal se regula esta posibilidad. No obstante, al ser de aplicaciónsubsidiaria la de Enjuicimiento civil, también cabe la posibilidad de grabarse las vistas en estos procedimientos. De hecho en algunos juzgados de la jurisidicción Penal se graba.

Yo he solicitado, y en ocasiones se me ha concedido, la grabaciónde vistas penales.

Respecto a la Jurisdicción contencioso-administrativa ahora mismo no se si lo regula su ley de ritos pero, en cualquier caso, tambíen sería posible por aplicación subsidiaria de la Civil.

A la segunda pregunta: obviamente no.
26/02/2006 12:56
¿Puede un ciudadano, que acude a un juicio, en calidad de demantante, demandado, testigo o perito, negarse a que dicho juicio sea grabado?.
¿Prosperaria, caso de que no se le haga caso, una demanda contra Juez, Secretario o funcionarios del juzgado, por esa grabacion?.
26/02/2006 09:48
A ver, Alejandro, en pocas palabras has dicho mucho y vuelvo a preguntar y a pedirte de nuevo, que me aclares tus palabras.
"perdonen los maravillosos expertos que aquí nos leen" ¿por qué pides perdón a los expertos?¿Acaso los no expertos han dicho muchas barbaridades? ¿Cuáles?
"Anda que lo que hay que oir" ¿Podrías concretar si esa expresión la dices por mi?
"nadie es quién ni para desprestigiar a nadie, ni para querer que "su ley" sea la de todos" ¿Te refieres a mi?
"que nadie se sienta ofendido" ¿Por qué?
Ya ves que voy "al grano". Ma gusta ser directa, y que las respuestas también lo sean.
Si quieres acláramelo, más que nada para que me
quede tranquila. Muchas gracias.
26/02/2006 03:09
Hola Lorea.
Dices tú: que pasaría si en Junta se acordara NO grabarlas?, pues yo encantada, siempre y cuando se acordara también que el administrador al finalizar la Junta leyera el borrador y diera una copia a los comuneros que lo pidieran o pidiesen y firmada por ambos (pagando ó NO las fotocopias). De esta forma todos los asistentes estarían tranquilos sin temor a que lo que dijeran o dijesen en la forma que hicieran o hiciesen quedara inmortalizada. Es verdad que a la Junta pueden acudir personas con algún problema….,y al quedar grabados pudieran incomodarse, mientras que los testigos si tuvieran que comentar lo acontecido en Junta solamente dirían lo acontecido pero NO la forma (alto, bajo, tartamudeando, cojeando), por eso yo te entiendo, Lorea; tú te pones en el lugar de los inocentes comuneros que pueden ser grabados, sin su consentimiento, simplemente para poder demostrar que el secretario-administrador a mentido.

Un saludo.

Posiblemente este tema supere los 200. ¿Qué NO?.