Visto que esto ha degenerado en burdas opiniones, sin consistencia jurídica alguna, y ejemplificaciones que nada tienen que ver sobre el caso que nos ocupa, doy por terminada mi intervención dejando constancia de que la ley dice lo que dice y la jurisprudencia (parece que muchos la
consideran meros papelotes sin validez alguna) la matiza con una importancia muchas veces mayor que lo que dice ella misma.
Pero aquí todo el mundo es libre de pensar y hacer lo que desee. Los jueces tienen siempre la última palabra, aunque la repitan millones de veces.
¿Por qué pones el listón tan alto Oval? No es obligación del administrador redactar las Actas si es que no realiza el cargo de secretario (que debe ser nombrado por la Junta).
Redactar un acta es lo más simple que hay en una comunidad. Sólo hay que escribir la verdad (siguiendo los pasos que marca la Ley) y punto.
Ahora lo de la contabilidad es otro tema. Pero siempre hay gente buena dispuesta a ayudar. En este foro hay unos cuantos.
Licenciado en Derecho tampoco es obligatorio pues los conflictos, al final de los finales, el que tiene que resolverlos es el Presidente con el respaldo de la Junta.
El administrador administra, la misma palabra lo dice. Qué y cómo debe administrar también lo dice la Ley (tema distinto es entenderlo).
Pues a los Administradores Colegiados, les debian exigir tres carreras universitarias, (juntas):
1º) Licenciado en Filologia Hispanica (para redactar las actas).
2º) Licenciado en Economicas (para llevar la contabilidad).
3º) Licenciado en Derecho (para resolver los conflictos).
pues mirar que cosas un compañero de trabajo me ha comentado hoy mismo al ver lo que estaba leyendo en la pantalla que una vez en un reunión de su casa un señor grabó la reunión, peeeero a su manera, acercándose la grabadora cuando quería que algo quedase reflejado, apagándola cuando no, con la excusa de cambiar de cinta y así muchas otras cosas como decir me han agradido siendo mentira pero para que quedase grabado, por lo tanto no es un método válido ya que se puede distorsionar la realidad.
Solución que tomaron, impugnar la reunión, convocar una nueva y estando pendientes y advirtiendo al especímen de que si grababa llamaban a la policía.
Esto me viene al pelo para decir lo que yo pensaba desde un primer momento, es peor el remedio que la enfermedad....
Alejandro, has hablado con la Agencia de Protección de Datos ó vas a habar?. si es lo 1º. ¿que te han dicho?.
Lorea, tu idea muy ingeniosa, y práctica; yo encantad@ que así fuera o fuese, pero, y el que no tenga reproductor de DVD? (yo tengo dos, para mi trabajo).
De todas las maneras Alejandro una ventaja tendría si se grabasen las Juntas (imagen y sonido) ¿estarían de sobra las Actas? Cualquiera podría ser secretaria. En lugar de enviar papeles se enviarían copias de discos. Aumentaría el presupuesto pero sería ecológico por el ahorro de papel.
Me voy a presentar voluntaria de secretaria. Creo que cumplo todos los requisitos: soy honrada, nunca falsificaría ni acta ni grabación y además sería un trabajo sencillo. ¡Ah! y sin cobrar. ¿Alguien da más?
Como para algunos lo que el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid no les es suficiente (para mí totalmente), he procedido a ponerme en contacto con la Agencia de Protección de Datos, comentando que había sido grabado en una reunión de vecinos sin consentimiento y que quería saber que medidas puedo tomar. Por actitudes totalmente irrespetuosas de varios foreros no debería compartir la información que me facilieten y que no se lo merecen, pero lo haré por los que sí.
Luis 25, que yo sepa,y, mientras no se demuestre lo contrario, el Ayuntamiento es un "ente" PÚBLICO Y LOS PLENOS SE GRABAN CON EL CONSENTIMIENTO O AL MENOS CONOCIMIENTO DE LOS PARTÍCIPES (lo de las mayúsculas ha sido sin querer pero no tengo tiempo de andar repitiendo ni borrando)
Yo volvería a la intervención de DickTurpin 24/02/2006 sobre la sanción de la Agencia Española de Protección de Datos.
Esta Agencia recibe cada vez más denuncias de este tipo, de personas que han sido grabadas sin consentimiento o aviso previo.
¡Qué cuesta poner un avisito en los establecimientos, lugares públicos o donde sea para indicar que se está grabando, sobre todo para aquellos/as que entramos a dichos lugares sin ánimo de realizar actos delictivos.
De todas formas, he de decir que la pregunta inicial era si un vecino puede grabar las reuniones con una grabadora y hemos terminado deliberando si se deben, pueden o quieren grabar las Juntas de Propietarios.
Pues a grabar todo el mundo. Los comerciantes se van a "poner la botas", con tanta venta de grabadoras.
Por cierto, alguien nos puede aconsejar algun modelo determinado sobre fiabilidad y duracion.
Me imagino, que con las nuevas tecnologias, habra una "pasada" de modelos y opciones.
No he leido todas las manifestaciones de este apartado del foro, pero sí puedo decirles que los plenos de los ayuntammientos se graban, para que luego nadie pueda desdecirse. Es una puntualización.
Hacerse pasar por administrador es muy fácil (su dirección, la vuscais; su nº de Colegiado debéis saberlo, sino como demuestra que lo es?). Alejandro, si pensaron que administrador te aconsejaron utilizar la picaresca, y si cuela pues ha colado. …. y este cuento se ha acabado.
Alejandro, ¡A que hora llamaste?. Mira que si te cogió el teléfono, el vigilante o la Sra. de la limpieza (con todos mis respetos)y te siguieron la corriente…..
Yo que tú hubiese pedido que se identificaran (grabando la conversación) y hubiera pedido responsabilidades por informar mal, al respetable.
Conocí a un propietario que llevaba siempre un secretario que tomada notas de todo, lo mismo en un banco, que en una junta de comunidad o en cualquier reunión.
Nadie le dijo nada .
Se preservaba de cualquier error, falsedad, etc.
Alejandro, ¿eres Administador de Fincas?.
Lo digo, porque yo he llamado al Colegio de Administradores de Madrid, para hacer una consulta, y me contestan que solo atienden a consultas de sus colegiados.