Voy a aprovechar tan concurrido tema para pedir ayuda. Necesito que alguien me explique lo que es la tercería de dominio y en qué consiste. No lo veo claro en lo que he leído.¿ En que foro debo colgar la consulta?
Gracias DP, no sólo por tus ánimos, sino también por ayudarme en mi formación.
Quiero hacer una puntualización con respecto a la naturaleza de la jurisprudencia. Creo que al final todos tienen parte de razón: No es ley, porque no emana de los poderes legislativos, pero según el art. 1.6 CC, " COMPLEMENTARÁ el ordenamiento jurídico". Algo que complementa otra cosa pasa a formar parte de esa cosa, por tanto, no es ley formalmente, pero lo es materialmente y al incorporarse al ordenamiento jurídico pasa a ser "Derecho". Y como generadora de "derecho" es fuente del mismo.
Ignoro las intenciones del legislador, pero el que esté regulado en un punto distinto, no implica el que se le esté negando esa consideración. Es posible que simplemente, al tener una función que va más allá que el de ser emanadora de derecho, se considerara la necesidad de regular de forma separada.
¿Y "pinchaste" el teléfono? ¡Qué cotilla!
Entonces lo de meterse donde no deber y encontrarse con lo que no querer, según tu explicación (tuya propia) es tu caso. Así que: ¿("no suelen ser mis casos")?
No te hagas l@ ingenu@ porque no te va nada.
Y aclarame (si quieres) la @. Hoy es un día apropiado. Para saber si tengo que felicitarte o no.¿Vas a decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad?
Otra pregunta:¿Pregunto mucho, verdad?
Las escuchas telefónicas (grabaciones), ¿son ilegales?
Lorea. El tema va de grabaciones, creo. (No se porque he dicho lo de “quien se mete donde NO debe……”. El caso es que,… aunque NO viene al caso……, me trae muy malos recuerdos…….. pero te cuento:
A los 20 años, recién salida del Hospital (4 meses ingresada), me di cuenta que todos los vecinos sabían, de mí, algo que yo ignoraba. Entonces “pinché” mi teléfono, y desesperada, salí de mi casa. Sabía que mi madre iba a hablar, por teléfono, con los médicos, y necesitaba saber que era lo que tenía y cuanto tiempo me quedaba. Horas más tarde volví y me encerré en mi habitación a escuchar lo “grabado” ¡Imagínate lo que me dio!..... El caso es que, con todo lo que se montó, o monté, una vecina de las 8 ó 10 que acudieron a mi casa….. me dijo: “quien oye lo que NO debe, escucha lo que NO quiere, y de nuevo me tuvieron que sujetar, sino , me la cargo. Como verás soy una experta en “grabaciones”, y ahora con tantas modernidades…...
Dices:
“ ¿No hay personas en tu Comunidad dispuestas a ratificar lo que tú impugnaste?”
Contestar sería largo pero te resumo: de boquilla SÍ pero a la hora de la verdad (administrador mediante) NO. Y No puedo estar con esa incertidumbre; prefiero ir por libre, sin comprometer a nadie. En su día hable con los presidentes (dos demandas), ellos, lo que les dice el administrador y el/la abogad@ , que es su compañer@. Cuando todo esto acabe espero que queden escarmentados. Lo mismo quien escarmienta soy yo. Ya te dije una vez, que un minuto antes del Juicio pensé y lo sigo pensando (razones NO me faltan) que mi abogad@ en vez de defenderme a mí defendía a la Comunidad.
Dice:
“ María Rosa con lo clarito que hablas siempre y fíjate tú que no entiendo lo que quieres decir con: "salvo que te metas donde no debes y te encuentres" Pues tú dirás los de quién”.
NO se que quieres decir, ¡Dame una pista!. Punto y aparte.
Lorea, Tú sabias lo que eran las plantas de María?, yo NO, ¡que vergüenza!.
¡¡¡FELICIDADES A TODAS LAS MUJERES TRABAJADORAS!! (fuera y dentro de casa)
DickTurpin
Espera, que voy a hacer una ecuación a ver si me sale la "X" y me da el resultado equivalente a tu edad. Con los datos que has facilitado es posible.
Jade
Me parece muy bien que te halagues y que demuestres tus buenos sentimientos hacia los demás. ¡Qué caramba!
Estamos tristemente acostumbrados/as a oir en más ocasiones insultos que nos parece hasta extraño que alguien diga: "eres excepcional", "me gusta lo que dices" o "te aprecio por lo que eres y por lo que vales". Se suelen ver dobles intenciones en estas palabras. ¿Por qué será?
Que levante la mano quien prefiera que le llamen desafortunado esperpento a bienaventurado bienhechor o bestializado pajarraco a dulce palomo/a o cardo borriquero a flor de pitiminí.
Y no es que tengas hambre, es que derrochas sensibilidad ¿Por qué has de reservarte lo bueno de ti y exteriorizar sólo lo negativo? ¡Anda ya!
Lo que ocurre, Jade, es que parece ser que está mal visto "querer"y "quererse".
Hay que despreciar, desdeñar, ultrajar, despotricar, ofender, lastimar, envidiar, perturbar, murmurar, irritar,... para que no te critiquen.
Ser cándida/o (ya no pongo más oes que me aburro),sincera, ingenua, inexperta, bondadosa, dulce, humilde,... es duramente juzgado, desacreditado y desaprobado.
Parece ser que no hay que quererse a sí mismo, y, por supuesto, odiar a los demás.
DickTurpin, con lo de la edad pretendía decirte que añadía a la buena opinión que tengo acerca de ti, el respeto, que aumenta, por supuesto proporcionalmente con los años.
JMP, por mi parte, asunto concluído. Ya no discuto más (en este tema) y cedo en mis pretensiones, o sea, me allano. ¿Se dice así no?
Estoy un poco hastiado ya de este tema. Pero sí que deseo hacer constar la acertada intervención de Isabol, la cual demuestra que va a ser una gran profesional si persevera en este difícil campo.
Por otra parte, es la enésima vez que tengo que coincidir con lo dicho por JMP. Digan lo que quieran de él, de su tono, su incluso arrogancia, etc. pero es que sus comentarios legales son siempre acertadísimos, impecables, provechosos.
Respecto a lo que establece el código civil en relación a las fuentes del derecho y la posición que ocupa la jurisprudencia, no voy a discutir lo obvio. Desde luego que la jurisprudencia no es la ley, pues si se aprueba por el parlamento, si exige el procedimiento establecido, etc., pero negar que, a veces, es más importante lo que dice el TS que lo que establece una escueta disposición legal (orgánica, ordinaria, bloque, ..) es ridículo. Insisto en lo que dije en su día: sr. Alejandro y Turpin (con quien muchas veces coincido, no en este caso) piensen lo que quieran.
Para Lorea: opino lo mismo que JMP respecto al administrador-propietario o no propietario. Si interviene en la conversación puede grabar. Si no, no, pues estaría grabando a terceros, cosa que el delito.Y la conversación propia se puede grabar en la junta, en su casa, en la mía, o en el Polo Norte. Si alguien cree que se quebranta algo .. volando al juzgado, y su señoría dirá. Entonces, esa señoría, no buscará ley alguna porque no hay regulación legal sobre grabaciones (la ley 2/1978, creo recordar, es tan antigua como inútil al respecto) sino que buscará jurisprudencia: 1º del TC, y luego del TS. Y no mirará, desde luego, el preliminar del C.Civil.
Por último, como bien dice JMP todos cambiamos de opinión si hay una base de cierto peso jurídica. Pero las meras opiniones, siempre respetables, no son sino eso.
Saludos
No imaginé que la edad era una cuestión importante para tí.
Yo acabé con 22 añitos la carrera (cumplo en julio) y no soy TAN MAYOR como pudiera parecer, pero si tuviera 33 años (que no es el caso) ya tendría 10 años de ejercicio, que no son pocos, aunque en realidad ejerzo unos cuantos más que esos. Pero no, no soy excesivamente mayor.
Acepto tus excusas, faltaría más. No me habéis ofendido, pero me incomoda la situación. Supongo que lo comprenderás.
Respecto a la sentencia del TC he entendido que están complementando las insuficiencias apreciadas en un precepto legal determinado a espera de que se produzca la necesaria intervención del legislador.
Y dicho complemento lo hacen a través de la unificación y consolidación de un cuerpo de doctrina la cual, evidentemente vincula a todos los órganos de la jurisdicción ordinaria en aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, de modo que los Jueces y Tribunales en sus resoluciones deben INTERPRETAR y APLICAR las leyes y reglamentos según los preceptos y principios constitucionales interpretados por el Tribunal Constitucional. Eso he entendido.
Ya dije en una de mis intervenciones que desde un punto de vista estrictamente jurídico, yo estaba de acuerdo con vuestra opiniones (JMP y DP), pero que todo era opinable e interpretable y a título ilustrativo aporté una resolución dictada por un órgano administrativo (y quien instruye y resuelve son profesionales del Derecho, como tú o yo), que opinan otra cosa y consecuentemente hay que saber esperar y ante todo respetar su opinión.
Particularmente te reconozco que en ocasiones me disgusta el tono de Jade, pero intuyo que tiene mayores conocimientos de Derecho de los que nos participa a todos y desde luego no comparto los comentarios que te hace a ti, y ya me he manifestado en ese sentido en otra ocasión.
Cuestión distinta es que repliques sus intervenciones en similar tono y te expongas a una dúplica por parte de ella. Vosotros elegís el camino, pero si tiene que ser ese, quizá deberíais andarlo solitos ¿no creéis?
De todos modos es un placer leer vuestras intervenciones (jurídicas, se entiende), porque siempre es positivo aprender de otros puntos de vista y tanto los de DP como los tuyos, son muy interesantes, aun cuando no los comparta, que lo es en contadas ocasiones.
DickTurpin, no sabía que eras tan mayorcete (sin afán de ofender). Según dices:
"cuando yo estudiaba 2º de derecho, y de eso han pasado MUCHOS años"
"no sé cuántos años de ejercicio tenéis a vuestras espaldas, pero yo tengo ya unos cuantos"
Sinceramente, ahora me caes mejor todavía. ¿No te molestará que te diga la verdad, verdad?
Lorea: la grabación de cualquier persona que interviene en una concversación, sea un vecino, el presidente, el administrador, el Obispo de Roma o el Alcalde de Bollullos del Condado es legal aún cuando no avises que estás grabando.
¿Acaso crees que los del mundo televisión hubieran hecho los pragramas que emitieron s no lo fuera?
Y por supuesto no es un tema que debas someter en junta. Tu tienes derecho a grabar tus conversaciones, en aquellas en las que intervienes y participas, sea un monologo, un dialogo, una conversación a tres bandas, una mesa redonda en el Bernabeú con cien mil asistentes o, por supuesto la junta de vecinos de tu comunidad.
Dickturpin, te pido perdón si te has sentido incomodado. No era mi intención.
Respecto a la amiga Jade te diré que ha sido ella quien sin venir a cuento, como si de una histérica se tratara, arremete contra mi. Sin motivo aparente ni circunstancia que lo justificara (ver su post mezquino de fecha 3 de marzo). Como comprenderás tendré que darle su merecido correctivo por más que me pese. Tu tampoco te callarías.
En cuanto a sus conocimientos jurídicos a la vista están, ella libremente escribo y, quien sabe un poquito, la replica poruqe esta confundida. Y no se debe confundir replicar con deascalificar. Pero, al fin y al cabo, quien se autoproclama inteligente, bella, doctísima, etc, etc, etc, es la propia JADE ( ver posts de 6 de marzo ).
Las críticas, en el plano jurídico, a sus comentarios viene avaladas por sus propias intervenciones, vertidas desde una ignorancia o desconocimiento impropio de cualquier operador jurídico que se precie.
Podemos tergiversar todo lo que queramos, incluso con literartura barata, pero la realidad no se puede soslayar.
Ahora desviamos el tema sobre si la Jurisprudencia es o no fuente del derecho, pero es que da lo mismo que lo sea o no. La cuestión es si la grabación es legal. Y, nos guste o no, lo es.
Lo es desde un punto de vista constitucional. Y es aquí donde entrá a jugar un papel esencial nuestro Tribunal Constitucional, entre cuyas funciones está la interpretación de la carta magna.
Y el Tribunal interpreta la norma, y sus decisiones, com ohe reflejado en la sentencia citada de 30 de enero de 2.006, es muy clara al respecto. Sus decisiones son vinculantes, tanto en la aplicación dfe sus sentencias como en la interpretación de los derechos fundamentales. En esta caso 18.3 de la C.E.
El resto son charlas de café, conversaciones de peluquería incluso opiniones de foro. Todas respetables, pero también criticables desde el punto de vista jurídico.
Lamento profundamente que esta niña, advenediza leguleya, no sepa entenderlo. Y lo lamento por ella, no por mi.
Lo malo no es eso, porque todos nos equivocamos. Lo peor es incidir en el error, y perseverar. Poruqe en el error solo perseveran los necios. No se puede sostener, con un mínimo de rigor y seriedad, que la grabación de una junta de vecinos es una prueba ilícita, o que te va a detener la policía, o que es imposible que te admitan la prueba por ser nula. Y eso lo sabe cualquier persona que haya pisado los Juzgados en dos ocasiones. Poruq ocurre todos los días.
Y si soy yo el equivocado rectificaré mi opinión, pero estoy esperando una respuesta FUNDADA EN DERECHO, no fanfarronerías de si soy muy guapa, inteligente o de si poseo mucho cultura jurídica.
El conocimiento se demuestra andanda, hacia adelante amiga Jade, no hacia atrás como los cangrejos.
Y ahora si quieres seguimos discutiendo de la forma que lo estamos haciendo, pero creo que sería mejor que relajarás tu tono, aprender4emos todos mucho más.
DP
Dices "La grabación que pueda realizar el presidente-administrador, si interviene en la Junta, es legítima"
Recalcas una y otra vez las palabras "si interviene en la Junta" Y ahora además asocias al presidente con el administrador. Quizás te sirve como argumento para argumentar (no encuentro otra palabra) que realmente interviene. Pero volvamos a separarlos, que es como realmente tienen que estar, y dejemos solito al administrador. No es propietario, no interviene, es un mero observador de lo que acontece en la Junta ¿por qué me va a grabar?
¿Qué diría él si le grabase yo?
"De ahí que la gente grabe, porque quiere tener una prueba OBJETIVA de lo ocurrido y que siempre valdría más que 2000 testificales"
María Rosa, ¿no son objetivas las testificales?¿No se ganan juicios también con testigos?¿Es menos objetiva una prueba testifical que una grabación?¿No hay personas en tu Comunidad dispuestas a ratificar lo que tú impugnaste? Sería un modo de demostrar lo acontecido. Me figuro que seguro que esto ya se te habría ocurrido a ti pero algún motivo habrás tenido para que no haya sido así.
María Rosa con lo clarito que hablas siempre y fíjate tú que no entiendo lo que quieres de cir con: "salvo que te metas donde no debes y te encuentres" Pues tú dirás los de quién.
DP. No quiero parecer pretenciosa, de ninguna manera, por emitir juicios u opiniones sobre temas jurídicos, materia en la cual no he tenido la suerte de prepararme.
También es un atrevimiento y osadía por mi parte
intervenir en discusiones con gente preparada en dicha materia. Pero es que yo aunque he estudiado he llegado a la conclusión de que dominar no domino nada. Así que tengo dos opciones: la primera no hablar nunca porque nada domino y la segunda hablar de todo, incluso sin dominarlo. Evidentemente, la primera no va conmigo.
"Se hace camino al andar"
Voy a seguir con la sentencia pues tengo para rato. Entre lo extensa que es y lo poco que entiendo, necesitaré unos cuantos días.
PARA NO OLVIDAR: mañana es el día de la Mujer trabajadora (8 de marzo) y lo somo todas.
1º. Los problemas entre JMP y Jade no me atañen en absoluto, así que os agradecería que dejarais de nombrar mi nick para discutir entre vosotros. Es evidente que ambos sois profesionales del Derecho. JMP, evidentemente Abogado y Jade ... ya nos lo dirá ella algún día, espero.
2º. Estimado DP. Respecto a la jurisprudencia te diré que según el artículo 1 del Código Civil, las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y las fuentes generales del derecho.
Ya apunté, aunque de forma incorrecta y aprovecho para rectificar, que un catedrático de derecho civil, cuando yo estudiaba 2º de derecho, y de eso han pasado MUCHOS años, sostenía que la jurisprudencia era fuente del derecho (no ley).
Desde mi punto de vista, si el legislador hubiera querido clasificar a la jurisprudencia como ley, o fuente del derecho, lo hubiera hecho expresamente y sin embargo no es así, de tal suerte que el artículo 1.6 del citado Código Civil dispone que la jurisprudencia COMPLEMENTARÁ el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar LA LEY, LA COSTUMBRE Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO (o sea, las fuentes del ordenamiento jurídico).
Yo no pretendo convertirme en paladín de nadie, pero no me parece correcto que entre JMP y DP descalifiquéis los razonamientos de Jade, por el mero hecho de estar en desacuerdo con los vuestros.
En ese sentido me alineo con la afirmación de ella en lo que a la calificación de la jurisprudencia se refiere, debiendo reseñar que la sentencia del TC aportada por JMP, no dice lo contrario que lo que he expuesto y FUNDAMENTADO, como pide DP y otras consideraciones al margen, no se cuantos años de ejercicio tenéis a vuestras espaldas, pero yo tengo ya unos cuantos.
Hola verdulera, verdulero, Hoy has tenido poca venta? NO te preocupes, mañana será otro día. Y tu, en que merdado vendes?. Por cierto. ¿Que has dicho? No menterao de ná
Me parece que esto más que un foro jurídico es un corral de gallinas cacareantes. Esto no es del todo serio. Lo que vale delante de los Tribunales es lo que dice el Tribunal Su`premo , que de vez en cuando es contrariado por el Tribunal Constitucional, obligándole a desgana a cambiar su Doctrina. Lo demás no tiene demasiada importancia aunque lo puedan sustentar algunas Audiencias. Lo único que hace cambiar la Doctrinadel Tribunal Supremo es la Doctrina de autores de prestigio, que la forman a través de sus investigaciones, su punto de vista crítico y su conexión con la realidad social. Lo que digamos los demás poco va cambiar o nada va cambiar. Y para hacer cotilleo, para eso estaá el Mercado con sus verduleras/os
Lorea, cuando te leas la sentencia me dices que tal, me muero de curiosidad. No sabes lo que se aprende siendo curiosa, sobre todo si vas de ignorante, como yo). Salvo que te metas donde NO debes y te encuentres con lo que NO quieres.(No suelen ser mis casos).