Un particular realizando labores propias de su trabajo en la via publica ( No es policia ), es grabado por otro trabajador, de otro colectivo o gremio, desconociendo el fin y motivo. No se conocen de nada. mas bien creo, que pudiera ser por intrusismo en sus funciones.
Personal de rent a car que recoje clientes, y taxista.
Bien, dicha grabacion en via publica es legal ¿entiendo?
Lo que es ilicito es el uso que se puedan hacer de dichas imagenes ¿cierto?
¿Que se vulnera?
A.-LEY ORGÁNICA 1/1982, DE 5 DE MAYO, DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN.
B.-LEY DE PROTECCION DE DATOS.
Ante que administracion u organismos se debe presentar la correspondiente denuncia ?
La denuncia debe presentarse una vez, se tenga constacia del uso ilicito de las imagenes o no es necesario esperar a dicho uso, solo por la simple accion de grabar. ?