Si, durante un control policial hecho a un vehículo-vivienda, la cámara de seguridad del interior del vehículo graba alguna conversación o actuación del agente de la Autoridad susceptible de ser tipificada en algún ilícito penal, ¿podría la grabación aportarse como prueba válida en una hipotética denuncia posterior? ¿o podría ser inválida por alguna razón?
A mi juicio, sería una prueba válida. Saludos. De todos modos, luego, cuando vaya al despacho, intentaré buscar jurisprudencia y colgarla. Esta semana han colgado muchos posts sobre grabaciones y no vendría mal repasar un poco la doctrina. Saludos.
Recuerde Maica: si el interlocutor participa y graba es válida; pero si no participa y graba será inválida pues está grabando una conversación ajena.
Ello respecto a grabaciones de audio.
Hey, kelseniano, pues entra más, que tus aportaciones son muy necesarias en el foro. Las personas que realmente no vienen aquí a lo que entramos otros, como tú sabrás mejor que yo (pues participas más tiempo en este foro que yo, que he hecho un año este mes), terminan por aburrirse y desaparecer. A ver si te veo más por aquí, porque gracias a tí y a otros aprendo mucho, y no veas lo que noto en mi trabajo lo que he aprendido en este foro. Gracias a todos y en especial a tí. Un beso. :)
Sigue quedando mucho despistado por aquí. Y mira que al principio intervenían unos pocos policías con los que era una verdadera delicia intercambiar opiniones ya que tenían las ideas claras (se les notaba formación sólida), las defendían con pasión y con un escrupuloso respeto hacia el prójimo. Pero luego, como las moscas a la miel, vinieron entrando individuos casposos, ignorantes, prepotentes, groseros, ... y esto se fue a pique.
Me cuesta mucho entrar, y es una pena porque todos obtenemos beneficios de lo que no sabemos en nuestros ámbitos, salvo aquellos que lo saben todo y no saben nada. Porque los hay hasta que cambian de trabajo según a quién contesten y dónde lo hagan. El colmo.
Saludos Maica.
Ya empezamos con el victimismo barato y el insulto, curioso por otra parte que un individuo que se permite nombrar a los familiares de los demás para insultarles, diga que los otros son groseros, casposos, etc., etc.
Esto no está como un solar, Sr. Kelseniano, el único que deja de intervenir es Vd. y Vd. sólamente interviene para lo de siempre, basta mirar los post en los que interviene y las formas que utiliza; también se digna a intervenir cuando se nombra algo de grabaciones para desarrollar su faceta de detective privado, que, al final, me parece que es lo que es Vd., detective privado, que es una profesión muy honrada, pero que no exije su tan cacareada licenciatura en derecho.
Vd. tilda a los demás de ignorantes...
Le copio y pego una consulta de hace meses y su respuesta (de Vd.)...
Autor: Susanoide Gr Fecha: 15/11/2006
Tema: Declaracion de menor en comisaria
Una menor inglesa es presuntamente violada por un chico ingles de 18 años, la madre de la chica presenta denuncia contra el chico ingles, la policia toma declaracion a la chica en comisaria sin presencia de la madre, ahora le imputan a la madre un delito de denuncia falsa porque la chica dice que la relacion fue consentida aunque le hizo un poco de daño, puedo impugnar esa declaracion de la chica en comisaria sin presencia de la madre de alguna forma.
Autor: kelseniano Fecha: 07/02/2007
Exploración de una persona (más si es un menor) en dependencias policiales? Pero es que hay facultativos médicos en las comisarías?, y en tales lugares ¿hay medios como para proceder a ello?
¿No estaremos llegando al despropósito más esperpéntico que sólo cabría en algún país bananero o tercermundista en los que, creo yo, que ya no se encuentra España?
Desconozco ahora mismo si hay, o no, jurisprudencia sobre si hace falta la presencia del tutor legal de dicho menor en dicho acto, pero ¿no cabría pensar antes, como paso previo, que para realizar tales actuaciones se exija un profesional médico o forense en que deba realizar imperiosamente esa diligencia? O es que puede ser cualquier individuo, sin cualificación, formación, lex artis, preparación, medios adecuados, etc. el que puede realizar la exploración y plasmarla en un folio sin saber ni cómo, cuándo, etc.
No salgo de mi asombro.
Eso si que es mezclar churras con merinas, eso si que es ser ignorante, que pena, confundir la declaración (exploración) de un menor con un acto médico...
Yo si que no salgo de mi asombro...
Y eso de que entras poco por aquí..., jeje, manifestarte te manifiestas poco, pero entrar...
1) Por complejo de toro se entiende aquella persona que con solo ponerle el trapo delante entra al trapo. Lo digo porque basta que usted vea un mensaje de kelseniano para que rapidamente se de por aludido, no se por qué.
2) Cuando empieza usted con lo del rollo del detective privado, créame, pero me revuelco de la risa por el despacho. No sé qué tiene que ver que kelseniano sea o no detective privado con nada. No sé ...
En respuesta zrikielamber:
Mira enteradillo/a, en 1er lugar no generalices con los Agentes de la Policía porque como en todo colectivo, hay de todo; personas mejores y peores, más y menos profesionales etc, etc, pero por lo general los CC.FF.SE son unos profesionales como la copa de un pino, pero claro, lo mismo tu has tenido algún problema con ellos y claro lo ves de otra forma.
En cuanto a lo del bocadillo que dices que llevan a los detenidos, estás muy antiguado/a, ya que actualmente y desde hace mucho tiempo, la comida se le sirve a los detenidos en bandejas de comida precocinada vale. Y un consejo trata a las personas con más respeto.