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Gestiones en el Catastro

4 Comentarios
 
Gestiones en el catastro
28/10/2014 15:19
Se ha comparecido en una oficina provincial del catastro, a fin de cambiar la titularidad de una serie de fincas.
Al parecer, dicha oficina provincial, tiene suscritos unos convenios con otras oficinas públicas ajenas al servicio y obligan a presentar la documentación para su gestión en dichas oficinas públicas ajenas.
Como las fincas de las que se quiere cambiar la titularidad, pertenecen a varios municipios, pues obligan a hacer las gestiones en cada uno de ellos, con el consiguiente trastorno para el ciudadano.
En la oficina provincial, alegan no tener suficiente personal para hacer estos trámites.
Como consecuencia de ello, cualquier empleado de dichas oficinas ajenas, tendrá acceso a gran cantidad de información, de forma irregular e incumpliendo con la Ley de protección de datos.
¿Es esto legal?.
30/10/2014 12:00
¿Alguna opinión?.
04/11/2014 11:10
Agradecería cualquier opinión.
05/11/2014 10:12
cambios de titularidad de fincas....el cambio de titularidad o transmisión puede ser consecuencia de diferentes negocios que Ud. no especifica (transmision hereditaria, compraventa, etc)....en cualquier caso si el cambio de titularidad se otorga en escritura pública o se incorpora en documento público un contrato privado de una transmisión realizada dentro de los dos meses inmediatamente precedentes y se aporta al notario la referencia catastral tanto el transmitente como el adquirente quedan liberados de realizar las declaraciones catastrales. En cuanto a sea mas o menos amplia la información a la que determinados funcionarios tengan acceso y posibles incumplimientos de la ley de protección de datos debe tener en cuenta que si alguno de los titulares es persona jurídica la protección es muy limitada. También limita esa protección la naturaleza eminentemente fiscal del catastro inmobiliario y que el suministro de información derive de una exigencia legal
10/01/2015 14:50
Han pasado casi 3 meses desde la presentación de la documentación en el catastro, sin haberse recibido aun las certificaciones de cambio de titularidad.
En algunas oficinas, incluso manifiestan que por ley, tienen 6 meses para resolver esos cambios de titularidad.
¿Es esto legal?.
¿Porqué la administración tiene hasta 6 meses para resolver y al ciudadano se le da de plazo 15 días para presentar cualquier documento?.