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garaje

1 Comentarios
 
03/08/2004 20:00
Por lo normal en los edificios en que existe local de garage, sea en planta baja o sótano, se constituyen dos Comunidades, una para los pisos y otra para el parking/garage.Cada comunidad tiene personalidad jurídica individualizada de la otra, tanto si coinciden los usuarios o no de las plazas garage y los pisos.Habiendo dos comunidades es mucho más fácil preparar presupuestos y cuotas diferenciadas para cada condominio.También podriase entender una sola comunidad, peró en cualquier caso la diferenciación de las obligaciones de pago entre pisos y garage es indispensable.
Por todo ello, la respuesta es que, salvo que en el título constitutivo y los estatutos dijese algo en contrario, tu como co-propietario solo de la plaza garage no tienes porqué pagar una reparación de un elemento comunitario del condominio pisos.
Garaje
03/08/2004 16:09
poseo una plaza de garaje en una comunidad de vecinos en la que yo no convivo, hace un mes instalaron una bomba de agua,por la queja de uno de vecinos porque no le subia baste agua, yo no fui convocada a esa reunión, pero ahora si se me reclama el pago de la instalación de dicha bomba de agua, ¿estoy obligada a pagar?