SALE PERRY MASON porque es quien inicio la consulta, ya se que quien contestaba era ciudadano.
No estoy enfadado simplemente desconozco lo que es un funcionario en practicas y asimilándolo al cto laboral en practicas, (por buscarle algún parecido, ya veo que no parece ser el caso), sale que son dos años como máximo y el consultante habla de cobrar sexenios, por eso le decía que si usted conoce la diferencia responda usted.
En cuanto a lo de por criticar al foro que le borran el mensaje no es cierto, le borran el mensaje si falta al respeto o al código ético que sale justo encima de donde se responde alas consultas.
SMO
no se ofenda, y he sido yo, no Perrymason., pero su respuesta preguntando qué es un funcionario en prácticas deja a Perry como si hubiera preguntado algo que no existiera o una chorrada, cuando hay muchos opositores (policías, profesores de EP/EEMM...) que tras aprobar, se pasan un año en esta condición antes de ser nombrados funcionarios de carrera. El ser funcionario en prácticas podria o puede considerarse como el paso final en el proceso selectivo (oposición), pues si no eres apto, no te nombran de carrera.
Respecto a la censura, el comentario venía a colación de que cuando aquí algúna persona se ha quejado,CON RESPETO, de que nadie contesta a las cosas de funcionarios, se le ha borrado el mensaje. No pretendía ofenderle o aludirle siquiera.
Prejuicios? Cada uno contesta del tema que conoce, yo soy delegado de personal y entiendo de mi convenio, de funcionariado no tanto, si usted es funcionario responda usted al consultante.
Aquí no borran a nadie por criticar, borran a quien falta al respeto.
y tanto que desde el desconocimiento.
Está claro que cuando se habla de algo púiblico o laboral en este foro aquí hay una 'pasotismo', por no decir otra cosa tremendo...¿prejuicios?,. Y luego si criticas te 'moderan' (borran) el mensaje haciedno honor a ese Derecho Fundamental.....
Y yo me pregunto Qué es un funcionario en practicas?
Lo digo porque los ctos en practicas o de formación tienen una duraccion de dos años el primero y 3 el segundo con lo cual nunca podrían llegar a cobrar sexenios.
Ojo lo digo desde el desconocimiento de lo que es un funcionario en prácticas.
mi prgunta es si un funcionario en prácticas de los cuerpos docentes no universitarios tiene derecho a percibir el complemento de formación (sexenio).
La duda viene porque aquellas sentencias del TSJUE y de nuestro TS hablaban de interinos, pero no de funcionarios en prácticas.