Tengo un problema que cada vez se está haciendo más grande. En junio del año pasado alquilé un piso a través de un administrador de fincas y me hizo un contrato temporal, cuando llegamos a junio de este año yo seguía pagando el alquiler todos los meses y pregunté a la propietaria si tenía que firmar otro contrato y ella me sijo que pronto me daría otro. Yo me informé y es cuando ví todo sobre los fraudes de los contratos de temporada en vez de vivienda habitual. El caso, que llega Octubre y la propietaria dice que nos va a subir 50 euros el alquiler. Yo le dije que me negaba a esa subida cuando no tenía nada que ver con el IPC, y me ofrecí a pagar el IPC. Mandé un burofax al ad.de fincas para explicarle la situación y fui a hablar con él antes de lo que recibiera. Hablando daba a entender que el contrato que yo tenía no estaba bien hecho y me dijo que no podía subir el IPC sin darme razón ninguna. Me dijo que si podíamos abandonar el piso el Junio que viene para así no fastidiarnos más. A eso que dije que ya se vería.
Cuando luego le llegó el burofax, al poco me contesta con otro diciendo que el 30 de noviembre tengo que dejar el piso. Hasta que ayer voy a pagar a la propietaria (porque tengo ir a pagar a casa de la propietaria en efectivo todos los meses, y también la luz y agua correspondiente al mes), y me dice que no, que hable con el ad.de fincas. Hoy le llamo por teléfono y dice que cómo nos tenemos que ir el 30 de noviembre que no tenía que ir a pagar a la propietaria ( suponiendo que se quedarían con los 2 meses de fianza por ser amueblado?). Yo le digo que eso no es así y dice que si que él nos hizo un contrato de temporada por "motivos de trabajo" y que se ha ido renovando desde junio mes por mes por "tácita reconducción". Está claro que mi vivienda habitual es esta porque me mudé aqui porque quería independizarme con mi pareja, y lo malo es que no nos empadronamos aqui, pero tengo pruebas de que esta es mi vivienda habitual: la dirección que sale en todas mis nóminas es la de este piso, las cartas del banco de mi novio las mandan aqui,...
Quería saber si nos meten en juicio que posibilidades hay de ganar o de perder, si esto es un fraude o tienen algo de razón...
Muchas gracias por vuestra ayuda.
hola Aina.
Efectivamente, en tu caso, lo que has de buscar es que la califiación de tu contrato sea la de "arrendamiento de vivienda habitual" para verte beneficiada de todas las garantias de protección que buscas y que deduzco que conoces.
Por lo que entiendo,La cuestión en conflicto en tu caso se trataría de una calificación cotractual. Con ello quiero decir que habría que determinar si tu arrendamiento es para uso de vivienda o para uso distinto de vivienda.
¿Como averiguar esto? He aquí la cuestión. Obviamente, la calificación que las partes contractuales dan al contrato es importante, en tu caso el cotrato ha sido calificado de contrato de temporada y el art. 1281 del C.Civil establece la interpretación literal de lo escrito como primer criterio de aplicación. Así pues a primera vista habria que estar a aceptar que tu contrato es de temporado con lo que tendrías que ceder en tu resistencia y aceptar lo que te exige el propietario.
No obstante, y como tu bien dices, el contrato ha de ser un reflejo de la voluntad de las partes en convenir. Una voluntad ajustada a la realidad. Y si eres capaz de probar que tu realidad se basaba en adquirir una vivienda para destinarla a tu hogar habitual, entiendo que podría prosperar tu petición. Con ello si la naturaleza de la relación contractual se basa en la realidad de que tu vivienda es tu vivienda habitual, y no de temporada, podría haber un fraude de ley del art. 6 del C.C. puesto que el arrendador ha utilizado el acto del contrato para evitar una norma imperativa cual es la de que en realidad tu finalidad en la vivienda es utilizarla como vivienda permanente y habitual, con los derechos de protección establecidos por ley(desnaturalización contractual). El fraude podría estar en que el arrendador trata de evitar una norma imperativa (LAU del 94) mediante la formalización de un contrato.
En definitiva creo que todo se reduciría a un tema de prueba. Obviamente, tienes que cargarte la presunción de veracidad que recae sobre el contrato, pero cuando existen tantos elementos externos al mismo a tu favor (la nomina, la dirección de tus cartas, la testifical de tu pareja...etc) cabe la posibilidad de que se pueda entender así.
De todas formas, y dado que se trata de un tema de interpretación judicial acerca de la naturaleza del contrato, deberás someterlo a tutela judicial, y más teniendo en cuenta lo sutil y lo dificil de probar lo explicado.