una pregunta, A, b, Y C son empleados de una empresa el cual D es dueño, A es su trabajador de confianza (de palabra nada mas) entonces el tiene acceso a la oficina libremente, un dia A abre el cajon del escritorio de D y saca la chequera y desprende un cheque, A le dice B que lo llene por la cantidad de diez mil pesos, B lo llena y firma, entonces A y B le dicen a C que el lo vaya a cambiar al banco, D se da cuenta que le falta un cheque y va al banco y se da cuenta que retiraron dinero y dijo que esa no era su letra ni firma, va al misnisterio publico a levantar su denuncia, entonces el mp tiene que consigna pero por que delito??? y por que? como haria su determinacion el mp?
Soy abogado mexicano y aquí, en mi Patria, acabo de defender a una empleada de la acusación de robo de dependiente o empleado, que es similar a los hechos que se mencionan en la consulta, a ver si os sirve mi experiencia:
Elaboré la declaración de m i cliente y en ella la hice aceptar que tomó el cheque, que lo llenó con los datos y firma necesario, y que lo cobró en el banco, anexando a la declaración una ficha de depósito de la Institución legalmente facultada para recibir pagos a nombre de terceros y consignando en pago esa cantidad.
Como el delito de robo es de los que se persiguen "de oficio", alegué que en la especie no hubo robo alguno, sino un fraude, y la obtención y falsificación del cheque fueron los medios comisivos del delito de fraude, mismo que se persigue "por querella de parte agraviada" y que, tiene por extinguida la acción penal cuando consta en las actuaciones que a la víctima u ofendido se le pagó la reparación del daño. Esto pasó hace cuatro meses y mi cliente sigue en libertad sin que el fiscal haya ejercitado la acción penal ante el juez competente.
En el caso que exponéis existen tres sujetos copartícipes del delito, toda vez que dos de ellos son instigadores, lo que en términos de los principios generales del derecho penal los hace aparecer como autores mediatos del injusto, es decir, como autores intelectuales ó complices del mismo y tal hecho le imprime diferentes característica al que he descrito, pues uno de los coautores (A) aparece robando el cheque e instigando a B para que lo llene, así que:
(A) sería ladrón y cómplice de fraude
(B) aparecería como falsificador y
(C) sería defraudador por aprovecharse del error en que el banco se halla respecto de la autenticidad del cheque y por obtener un lucro indebido
Si (A) y (B) recibieron parte del producto obtenido por (C) o la promesa de recibirla, también son cómplices de fraude.
Espero que mi respuesta os ayude y les saludo desde el Distrito Federal, Capital de la República Mexicana.
En mi apreciación, habría tanto robo como fraude, y habría tres sujetos activos de los delitos, unos por robo, otros por fraude y, si lo contempla la legislación penal española, los tres serían agentes activos de alguna asociación delictuosa, pandilla o agrupación de delincuencia organizada.