Independientemente de la interpretación del uso del vehículo, la sanción viene por usar una fotocopia.
En el Real Decreto 1056/2014:
Artículo 8. Obligaciones de los titulares.
1. El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:
a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6.
b) Colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma que resulte claramente visible y legible desde el exterior.
Indica claramente que debe ser el documento original.
__La tarjeta podrá ser utilizada en cualquier vehículo siempre que el beneficiario de la misma viaje en él. SI Y SOLO SI la tarjeta se ha solicitado para transporte colectivo de discapacitados sólo podrá utilizarla el titular de la misma en el vehículo cuya matrícula figure en la tarjeta y siempre que esté prestando servicio de transporte de personas con movilidad reducida.
Decreto 74/2016, de 29 de noviembre de Castilla la Mancha, de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y movilidad reducida:
2. La tarjeta de estacionamiento expedida a favor de persona física o jurídica a la que se refiere el artículo 4.2
será personal e intransferible, estará vinculada a un número de matrícula del vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo de personas con movilidad reducida y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva a personas que se encuentren en alguna de las situaciones a las que se refiere el artículo 4.1
A ver, el articulo 11 se refiere a estacionar con distintivo no válido, ticket o en su caso la tarjeta de minusválido ya que los minusválidos no requiere de ticket. Es como si usted le hace una fotocopia al ticket, no sería válido.
Usted puede recurrir, pero ya le digo que tiene muy pocas posibilidades de ganar el recurso. Además, si la fotocopia se encontraba en el vehículo que no está asociado a la tarjeta, es muy probable que lo investiguen y puedan sancionarle por el uso indebido de la tarjeta.
Hola, la ordenanza es de Ciudad Real y el artículo 11.6 no dice nada de fotocopias de tarjeta de minusválidos el hecho denunciado es por estacionar con un distintivo no válido y a bolígrafo pone el controlador que es una fotocopia pero el artículo 11.6 habla de tickets no de fotocopias de tarjetas de minusválidos
gracias por responder, pero si lees bien, la base del recurso es que en el art. denunciado, si miras la ordenanza municipal, no dice nada de fotocopias de tarjetas de minusvalía, dicho art. habla de tiquet, no de fotocopias de tarjetas de minusvalía
Me temo que no es así, la tarjeta va asociada a un número de matrícula aunque no figure en la tarjeta y no puede ser utilizada en cualquier coche. Si alguien tiene 10 coches no puede tener ocupada toda la calle con una sola tarjeta. Según el decreto 47/2005:
2. La tarjeta de estacionamiento expedida a favor de persona física o jurídica a que se refiere el artículo 5.2 será única, personal e intransferible, estará vinculada a un número de matrícula de vehículo destinado al transporte colectivo de personas con movilidad reducida y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva a personas que se encuentren en alguna de las situaciones a que se refiere el artículo 5.1.
Y respecto al uso, el mismo decreto establece como obligaciones del titular:
b) El titular debe colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma que el anverso de la misma resulte claramente legible desde el exterior.
Indica claramente que debe ser el documento original, por lo que la fotocopia no es válida y me temo que el recurso se lo van a rechazar. Al ser un documento oficial, una fotocopia no tiene validez si no va acompañada del original, como pasa con el DNI.
hola, ya no viene matrícula en las tarjetas, la titular de la tarjeta puede ir en el coche que quiera.
estamos de acuerdo que no se puede, pero lo más importante que veo es que me denuncian por el art. 11.6 y mirando la ordenanza municipal, el art. 11.6 se refiere a los tiquet, no a las tarjetas de minusvalía y tampoco dice nada dicho art. de las fotocopias, no se de donde se han sacado eso, en ese sentido va a ir el recurso.
Ese dato nos faltaba. Me temo que eso que hacen no se puede hacer ya que la tarjeta de minusvalía solo concede autorización para un vehículo. De hecho normalmente en las tarjetas se incluye la matrícula del vehículo autorizado.
El mal uso de las tarjetas de minusválido están sancionados con multa y puede llevar incluso a la revocación de la autorización para el vehículo autorizado.
Si recurren no deberían tener problema, lo que no entiendo es por qué usan una fotocopia que da lugar a estas situaciones teniendo la tarjeta original.
me he dado cuenta que en el tiquet tampoco pone el modelo del coche y pone agente, no pone controlador. tampoco viene el precio y mirando la ordenanza municipal, según el art. por el que han denunciado, no pone nada de fotocopias de tarjeta, solo habla de tiquet maninulado o falsificado y aquí se ha puesto una fotocopia a color plastificada que ni está manipulada ni es falsificada, es legal y en vigor
hola, mi madre tiene una tarjeta de minusvalía para el coche, bien, hicimos una fotocopia a color y la plastificamos, la tarjeta está en vigor, y hoy en la zona azul nos han denunciado por ser fotocopia.
hay alguna manera de recurrir? ya digo que la tarjeta está en vigor y solo hemos hecho una fotocopia. gracias