Les expongo mi caso: llevo 11 años trabajando en mi empresa, y ésta ha decidido despedirme, alegando falsos motivos. Como no acepto los 20 días por año, y dado que no están dispuestos a ir a juicio, (reconocen que lo perderían), me comunican que no me despiden, pero que me van a rebajar gratificaciones y percepciones no salariales de la nómina así como intentar reducirme la jornada, con el fin de que me marche yo por mi cuenta. Ante esta situación absolutamente indignante e inaceptable, me pregunto qué puedo hacer, qué medidas adoptar, qué puedo denunciar y si tengo la ley de mi parte. Espero vuestros consejos.
Si lo hacen habría que ver de que gratificaciones y percepciones salariales estamos hablando, algunas pueden considerarse salario consolidado.
En cuanto a la reducción de jornada hay por aqui un hilo al respecto.
Cada acción que tomen la deberías consultar para actuar en consecuencia.
SALUDOS.
Gracias por contestar. Las gratificaciones son: Mejora voluntaria (que me llevan dando desde hace más de dos años) e incentivo por asistencia (tengo firmado y sellado un papel por la empresa alegando que se nos dará el incentivo durante el 2010 si no faltamos ningún día. Yo no he faltado y aún así me lo ha quitado).
La mejora voluntaria es sueldo consolidado, por tanto no pueden quitartelo, y la asistencia, si esta firmado que se paga en esos casos, tampoco.
Como te dicen, reclama.
SALUDOS.
Gracias por vuestros consejos. Lo he puesto en manos del abogado del sindicato, que va a proceder a la demanda por reclamación de cantidad.
Como preveo nuevos abusos en respuesta a dicha demanda, quería saber si sería legal grabar futuras conversaciones para tener pruebas del abuso de poder. A este respecto, me han dado respuestas contradictorias: hay quien dice que sería una muy buena prueba, pero hay quien dice que no es legal.
Yo tengo puesta una denuncia a inspección de trabajo por "hostigamiento laboral",
Pero bien, te quiero comentar el tema de las grabaciones,
Yo me compré una grabadora digital, las hay baratas (50 Euros) y muy buenas, y ya llevo grabado bastante como pruebas,
Pero ojo !!! las pruebas de una grabación son válidas siempre y cuando estes tú en la conversación, NO SON VÁLIDAS, si no estás tú en la conversación, esto es, estás grabando a dos personas que mantienen entre ellos una conversación.
Te aseguro que les asusta bastante cuando "se oyen" ya que no pueden desmentir sus palabras...
Yo ya he tenido la conciliación, y no ha habido acuerdo. Quedo pendiente de juicio por la demanda de cantidad. No sé si debería presentar la grabación por otra vía, porque en el sindicato me han dicho que lo único que pueden hacer es la reclamación por cantidad. ¿Debería de presentar mi caso a la inspección de trabajo a pesar de tener hecha la demanda mediante el abogado del sindicato?
Lo que estoy viendo ahora es que con la reforma laboral que se va a aprobar el día 16, puedan hacerme un despido objetivo, pues al parecer van a facilitar y ampliar las cláusulas que lo permiten. O también podrían reducirme la jornada, como tengo entendido que también se va a establecer como preferencia al despido. El problema es que con el dinero de media jornada no vivo (con jornada completa no llego ni a mileurista).
A mí me siguen perjudicando todo lo que pueden en mi trabajo, y encima tengo que aguantar, porque imagino que tratan de que salte para hacerme un despido disciplinario.
Sobre la reforma laboral ¿alguien puede decirme cuándo sería efectiva para que el empresario pudiera echar mano de ella? ¿Y veis factible que puedan hacer despidos procedentes justificando un descenso, aunque sea pequeño, de los ingresos de la empresa?
Agradecería que alguien pudiera resolverme las dudas, pues me veo bastante mal.
hola,
decirte que sí te pueden obligar a la reducción de jornada si alegan causas objetivas, de producción o económicas debidamente demostrables.
muchos ánimos!!
Hola, creo que si te hacen reducción de jornada, el resto de la jornada lo puedes cobrar del paro ( creo que se aprueba el proximo dia 16 de junio, el llamado "metodo alemán).
Por lo demás, las mejoras voluntarias en un salario que se llevan cobradas desde hace más de un año corresponden como salario fijo y no te lo pueden quitar, lo único que pueden hacer es si alegan pérdidas que hagan un ERE temporal afectando a un % de tu jornada laboral y que tu salario se vea reducido proporcinalmente, pero repito, creo que puedes pedir paro hasta completar la jornada de 8 horas.
Un saludo,
Y sobre cobrar el % de reduccion de jornada del paro......cuidado con eso, quiero decir, si por ejemplo trabajas 8 horas de lunes a viernes y pasaras luego a hacer media jornada, 4 horas de lunes a viernes, el paro te contara como un dia entero, no como medio, con lo cual, no te beneficia nada. En casos asi lo que se hace es reducir dias completo, pues no se, por decir algo, trabajar 4 dias y uno estar en ERE.
Majoga, no conozco muy bien el tema pero tienes razón, se de empresas que han realizado un ERE temporal y lo que hacen es trabajar de lunes a jueves y viernes cobran del paro.
Evidentemente si trabajas 4 horas y las otras 4 las cobras de paro y de paro te tocan 2 años no porque estés a media jornada se duplica el paro a 4 años, el tope son 2 años cobres lo que cobres.
Y hablando del tema me ha surgido una duda, si trabajas 4 horas y las otras cobras del paro, la jornada que trabajas se va acumulando para el mismo paro o para otro posterior? gracias
A ver, que lo mismo no me he expresado bien. Vamos a suponer que la empresa hace un ERE de reduccion de jornada por un mes, por ejemplo. De 8 horas pasas a hacer 4 y las otras 4 las cobras del paro. ¿Cuantos dias de paro te contarian, 15 o 30?
Pues si, es lo que queria decir, por si alguien pensaba que por estar en paro media jornada tambien le contaban medio dia y se llevaba alguna sorpresa desagradable, de ahi que en casos de reduccion de jornada sea mejor dejar de trabajar dias completos. Lo de si la parte de jornada que trabajas se va acumulando para el mismo paro u otro posterior.......para el mismo casi estoy segura que no, para otro posterior, supongo que si, sigues cotizando por desempleo aunque sea de menos jornada, pero vaya, si alguien lo sabe a ciencia cierta que lo diga, yo he hecho dos eres para dos empresas y ambos eran de suspension total, asi que no se como funcionara cuando es reduccion de jornada.
Reducción de jornada mediante ERE no es, porque soy el único trabajador al que quieren despedir (el más antiguo, por otro lado).
El problema se ha agravado desde que hice la demanda por cantidad. Y mi paciencia se agota. Después de 11 años de trabajo impecable que estos sinvergüenzas estén haciendo lo que hacen, no tiene nombre. Empiezo a darme cuenta de que lo que quieren es sacarme de mis casillas para que puedan acabar haciéndome un despido disciplinario. La gente me aconseja que pida la baja por ansiedad en mi situación. Pero tal vez también sea eso lo que quieren, para tener que pagarme menos una vez me despidan. Y creo que también me quedaría menos paro. ¿O no es así?
No, no sería así.
Mira, esto es una partida de ajedrez. Yo la he tenido al contrario, trabajador que quiere irse pero quiere llevarse una indemnización y asegurarse el desempleo en caso de que el nuevo trabajo le falle.
Lo mas importante en estos casos, en mi opinión, es dejar claro que no hay opción, que tu intención es seguir trabajando y vas a reclamar tus derechos.
Si empiezas a flaquear, mal asunto. En este caso, y si la ansiedad es real, es la mejor solución.
SALUDOS.