En cuanto a la sanción por el preaviso es legal y probablemente como tu dices, trabajes "de gratis" esas 3 semanas.
Lo de las vacaciones no se asumen como preaviso si no que imagino que lo que harán es "pagartelas" añadiendo el remanente a lo que te tienen que descontar del preaviso.
Y a lo de la formación de tu sustituto, yo no conozco ningún apartado del ET que hable de éste tema, a no ser que esté especifícado en tu contrato, no tienes ninguna obligación.
Sinceramente, si estuviera en tu lugar, no iba mas a trabajar, total todo lo más que te puede pasar es que no te paguen ni un duro de liquidación, haz cuentas y si es así, yo creo que no vale la pena que les aguantes ni un minuto más.
Espero haberte ayudado
He decidido poner fin a la relación laboral que mantenía hasta ahora con la empresa.
Según mi contrato (que no mi categoria) tengo la obligación de dar 2 meses de preaviso.
Le he dado 3 semanas. Según la empresa se me aplicará a la liquidación una sanción por 5 o 6 semanas que me faltarán de preaviso.
Eso significará que trabajaré las próximas 3 semanas gratis y encima le "deberé" dinero a la empresa.
No obstante me quedaré las 3 semanas.
La pregunta es: tengo 4 semanas de vacaciones eso no se podría añadir a los día de preaviso?
Además se han empeñado en que durante esas 3 semanas le dé formación al primo del jefe que será la persona que me sustituirá definitivamente.
A ésto último y después de sancionarme por el preaviso, creo que no tengo ninguna obligación.
Además quieren que deje todo por escrito, como para tontos así si se encuentran en la misma situación dentro de unos meses cualquiera puede sustituirme.
¿Tengo obligación alguna de hacerlo?