Hola, la indemnización cotiza por el IRPF como ganancia patrimonial y se considera como parte de la base imponible de la renta general, no de la del ahorro.
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Fiscalidad de la indemnización por desalojo de vivienda alquilada
Ante una casa que amenaza ruina el propietario ha ofrecido una indemnización de 60.000 euros a cada uno de los cuatro inquilinos del edificio para que abandonen sus respectivas viviendas, todos con contrato de alquiler desde 1967, obviando así un largo expediente de declaración de ruina, que a nadie interesa.
PREGUNTA: ¿Qué tratamiento fiscal se da a esa indemnización que recibe un inquilino?