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firmeza divorcio ante recurso de casacion

5 Comentarios
 
05/08/2003 19:11
Estimados compañeros, mi gozo en un pozo. He ido al juzgado de familia con los testimonios de mis sentencias y Juez y Secretarios sustitutos siguen insistiendo que ellos tampoco tienen la jurisdicción y que es el Supremo quien me tiene que declarar la firmeza del pronunciamien to del divorcio que ellos de oficio no hicieron. Con la ley en la mano, con mis testimonios, y sigo igual con una impotencia tremenda. Un saludo.
02/08/2003 18:35
De nuevo muchas gracias. Yo también entiendo que con mi sentencia sería suficiente para inscribir el divorcio, pero llevo un peregrinaje desde Familia -Audiencia-Supremo, el uno por el otro... Iré el lunes próximo de nuevo al Registro Civil para ver si la Secretaria ya lo ha estudiado y consultado y lo inscribe, y si no volveré a Familia con mi testimonio. Os iré informando, y sí soy compañera.
01/08/2003 23:29
Cómo que el Juzgado de Familia no se quedó testimonio de los autos? No sólo me resulta extraño sino de la mayor negligencia, pues imagínate que fuera necesario ejecutar la sentencia por un impago de pensiones o incumplimiento del régimen de visitas... En ese caso deberían esperar a ver al hijo o a reclamar los alimentos a que el expediente volviera del Supremo?
La competencia para ejecutar y para mandar el mandamiento al Registro Civil corresponde al Juzgado de Primera Instancia.
Si dices que tienes un testimonio de la sentencia de familia y de la Audiencia, yo me dirigiría directamente a la Secretaria de ese Juzgado con tus Sentencias testimoniadas en mano y le diría que comunicara inmediatamente el divorcio al Registro Civil.
Explícale a la Secretaria o incluso si es preciso a S.Sª. que tus clientes tienen concertada hora para contraer matrimonio en el Juzgado, repartidas las invitaciones de boda, el banquete y todo lo demás, y que se proponen solicitar responsabilidades a quien corresponda por esos hechos si no se soluciona a tiempo el problema, pues les conllevará un perjuicio económico grave.
Yo entiendo que con tu sentencia debería bastar y sino que se dirijan ellos al Supremo -que lo tienen más fácil-, aunque yo creo que la primera vía es la más factible sobre todo porque en tu caso corre en tu contra el factor tiempo.
Bueno, ya nos contarás como te ha ido.
Por cierto, eres compañera?
01/08/2003 20:45
Gracias por tu respuesta. Efectivamente ha habido un problema, Familia no se quedó testmonio de los autos, y me remite a la Audiencia Provincial, que me díce que ha perdico la jurisdicción y que me lo dé el Supremo, y éste me díce que la sentencia expresamente no lo recoge, lo cual he recurrido, pero no me contestarán hasta septiembre, que es cuando mi cliente quiere contraer nuevo matrimonio. Yo tengo un testimonio de la Sentencia de Familia y otro de la Sentencia de la Audiencia, crees que sería suficiente con el testimonio de
familia la inscripción en el Registro?, la Secretaria del Registro está estudiándolo.
31/07/2003 20:17
La firmeza debe declarararse de oficio por el Juez, aunque si ha habido algún problema con respecto a este punto lo mejor que puedes hacer es dirigirte al Juzgado que lleva el asunto y que ellos sean quienes comuniquen al Registro Civil de oficio el divorcio, aunque alomejor para ello te hagan solicitarlo en un simple escrito en el que comuniques que siendo firme el pronunciamiento por el que se acuerda el divorcio de los cónyuges interesas que el Juzgado lo cumunique -de oficio- al Registro Civil a los efectos de que se lleva a cabo la pertinente inscripción marginal del mismo.
Saludos.
Firmeza divorcio ante recurso de casacion
31/07/2003 19:23
denabda de divorcio solicitada por el esposo con modificacion de medidas, la esposa no se opone al divorcio, sí a las medidas. Sentencia en primnera instancia declarando el divorcio y confirmando medidas. Apelación, sentencia confirmando primera instancia, entrada en vigor de la nueva LEC, y el esposo recurre en casación. El divorcio es firme porque no se ha recurrido, según el 774.5 de la LEC. Se declara la firmeza de oficio, a instancia de parte, cómo puedo inscribirlo en el Registro Civil?