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Firmar en los juzgados

6 Comentarios
 
Firmar en los juzgados
29/12/2007 22:28
Hola, a ver si pueden responderme unas dudas por favor. Estoy a la espera de juicio por un delito en el que supongo me declararé culpable. El asunto es que debo ir a firmar cada lunes a un juzgado y debido a que estoy trabajando muchas veces me resulta muy dificil presentarme. Cuando firmo en el juzgado de instrucción en el que me abrieron las diligencias previas, firmo en un cartoncito que va reuniendo cada firma y cuando lo hago en otro lugar (pues mi trabajo está en otro municipio) firmo en juzgados de guardia. Ya llevo un año y bueno, empiezo a pensarme lo de dejar de firmar. También le he hecho un escrito al juez pero no me ha contestado (hace 3 meses que espero). Las chicas que me atienden dicen que quizás es porque el escrito lo hice yo y lo tiene q hacer un abogado. Mi pregunta es, ¿que pasaría si dejase de ir a firmar? Bajo mi punto de vista creo que no mucho porque hace unos dias volví a firmar en el juzgado donde firmo en un cartoncito y la chica no sabia ni donde estaba hasta que por fin lo encontró. Pero bueno yo no se mucho asi que estaria agradecido que me contestarán por favor, muchas gracias.
29/12/2007 23:52
Yo no me atrevo a asegurarle que no pase nada, pero lo que si le aseguro es que podría pasar, ya que el juzgado podría considerar que ha incumplido la medida y la cambie por otra que le perjudique mas.

¿tanto le cuesta ir a firmar? es un incordio, pero es una medida que le han impuesto, mi consejo es que no falta a la firma sin motivo muy justificado, pero no le aseguro que si no firma nadie se entere.
30/12/2007 01:43
Como dice el compañero, el control es mínimo, piense que los uno y quince los firmantes son miles y miles, y la conexión entre juzgados no siempre funciona como debería. Pero puede ser que le toque la china, se den cuenta, se mosqueen, y que agraven la medida o que le imputen un delito de desobediencia.

Ante esa posibilidad, por pequeña que sea, creo que le conviene más seguir firmando. Eso sí, solicitando igualmente al juez (por medio de abogado), que dado el tiempo, molestias, etc. retire esa medida o la relaje, acordando una firma mensual, por ejemplo. Quitarla no suelen, pero si les pilla de buenas puede que se la modifiquen.
30/12/2007 14:06
Por curiosidad. Dice que firma en "un cartoncito" ¿....?. ¿Le entregan a usted un justificante que demuestre que ha firmado, con fecha y hora?.
Perdón por mi ignorancia en este tema.
30/12/2007 16:49
No, no me entregan absolutamente nada. Sólo voy ponen la fecha y firmo debajo. Es un cartoncito de esos que se utilizan para hacer fichas y se firma ahi hasta que ya no hay mas espacios para firmar, entonces sacan otro cartoncito y a seguir firmando. Por eso dudo mucho que vayan a hacerme algo si dejo de firmar porque la verdad que no creo que nadie se de cuenta porque parece ser que no llevan ningún tipo de control.

Muchas gracias por todas vuestras respuestas, un saludo.
30/12/2007 22:38
No suelen llevar ningún tipo de control, siempre que no pase nada en la causa.

Tenga en cuenta que pueden pasar 6 meses sin pasar nada, y un buen dia..... "a fiscalía para informe", o cualquier otra cosa que haga que alguien lea eso, o llegue el consejo a hacer una revisión de causas, o mil circunstancias mas si la estadistica y la casualidad le dan la espalda.......

No normal, es que no se entere nadie, pero si la estadistica dice que se enteran una de cada mil, y Ud es ese uno, la estadistica será poco consuelo.
perfil EPA
31/12/2007 14:20
Perdón. Sea en una "fichita" o en modelo impreso, o en comparecencia "ad hoc", en el Juzgado en el que se lleva la causa o en otro, la constancia del cumplimiento de la obligación existe en todo momento, y, por tanto también el incumplimiento.
A estas alturas debería tener abogado particular o de oficio, para presentar el escrito que desee al respecto.
Aunque firme en una fichita, el interesado puede solicitar al Secretario Judicial en cualquier momento certificación o testimonio de la constancia de todas y cada una de las firmas.
La obligación apud acta de acudir a sede judicial a firmar se establece en un Auto. El cumplimiento de las resoluciones judiciales no depende en ningún caso de la voluntad de los sujetos pasivos.
Feliz año y que le sea leve.