ha finalizado el contrato y me han ofrecido otro de relevo pero por menos horas (18 horas), sin preaviso, sin firmar finalización del contrato, sin finiquito, y ahora que me lo dan sin que yo firme nada, sin indenizacion por fianlziacion de contrato 8 días.
Nada de nada.
Gracias, pero no necesito abogado. ESTOY EN PARO, no puedo pagarlo.
Necesito asesoramiento.
No me han dado el finiquito para firmarle, pero si me han hecho el ingreso en mi cuenta y no se como calcular si está bien.
Y si está mal, cuantos días tengo para reclamar??? desde que me lo han ingresado o desde que me lo den para firmar, si es que me lo dan???
Gracias
Ahora si lo he visto, y he leído esto entre las condiciones de utilización del foro (apdo. 4):
Salvo previa y expresa autorización de PORTICOLEGAL, los usuarios únicamente podrán utilizar sus contenidos y servicios para uso propio y personal y, por tanto, se abstendrán de realizar cualquier acto que, directa o indirectamente, suponga una explotación comercial de los mismos.
Sr. Ruloes si le interesa le ofrezco mis servicios como abogado laboralista, tal y como le señalé anteriormente.
En cuanto a lo que han señalado tanto "archilla" como "katia", me parece muy interesante si señalan por favor en que artículo de las condiciones de uso se indica que este foro es para ayudar gratis.
He leído las condiciones del foro y no veo por ninguna parte la prohibición de ofrecer mis servicios a través de este foro, tal y como ustedes han vertido.
Lo dice muy clar¡to en las condiciones de participación del foro, éste es para ayudar gratis, si usted lo sabe y quiere aportar algo, genial y si lo que quiere es cobrar por ello, debe buscar otro medio de publicitarse.
Creo que aqui se te ha dado como a nadie mil respuestas .. yo por mi parte desisto del tema.
Esas son las vacaciones que te corresponden por tu periodo de trabajo que no has disfrutado. Creo que estas ya dado de baja si en la línea de la vida laboral te pone una fecha de fin en donde pone la empresa.
Suerte!! nos vemos!!
Ya me aparece que sigo de alta en la SS, pero en vez de poner la empresa me pone un número y VACACIONES RETRIBUIDAS Y NO DISFRUTADAS.
Tengo que esperar a que me aparezca como baja o ya puedo apuntarme como uno más al PARO!!!!
GRacias
Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca una violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
El derecho de tutela judicial es uno de ellos, es el que blinda a los trabajadores cuando están bajo demanda y toda acción que lo vulnere implicará un despido nulo.
No solo las embarazadas han conseguido despidos nulos ... por favor!!!!
Cómo sé si el contrato terminó, si no he firmado nada!!!!!
De momento a día de hoy sigo dado de alta, mañana????
Me dijeron que ya firmaban ellos. el finiquito??? la finaliación del contrato????, el que???
Misterios sin resolver.
Si no le es de aplicación la norma pues no lo es, bien claro que lo pone, por tanto ni 30 meses, ni 24 meses, ni nada de lo reglamentado en dicho artículo es de aplicación a un contrato de relevo.
Como sabes el que? No tienes comunicación con la empresa? No puedes hablar con esa gente aún estando de vacaciones?
Vale, pero como lo sé si estoy de vacaciones??
Los profes estamos ahora todos de vacaciones.
A día de hoy estoy dado de alta en la SS, y mañana???
Y por cierto el artículo 15???
Dice que "Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación a la utilización de los contratos formativos, de RELEVO e interinidad,....." Dice de Relevo, es decir el mio actual y el que me ofrecen.
Por lo qué aunque me ofrecieran otro contrato de relevo este no encadenaría con el anterior ni en eso de que en los últimos 30 meses haya trabajado 24 en el mismo puesto???
Interpretemos el artículo 22, ¿eres profe? Hagamos como harías con tus alumnos.
"Artículo 22. Conversión en contrato indefinido.- Todos los trabajadores pasarán automáticamente a la condición de fijos, si transcurrido el plazo determinado en el contrato, continúan desarrollando sus actividades sin que haya existido nuevo contrato o prórroga del anterior."
Leelo con calma. Desmenúzalo.
Que quiere decir ese artículo. Quiere decir que si tu contrato finaliza el mismo día que el jubilado parcial se jubila definitivamente, y al día siguiente sigues trabajando, tu contrato se considera indefinido. Pero no dice nada de lo que tu crees que dice.
Gracias Llobu, así me parecía a mí, y de embarazos, de momento no podemos.
Me podías decir según el V convenio de Enseñanaza privada concertada sostenida con fondos públicos, que es donde miré los artículos, si pueden hacer en el plazo de un poco más de un mes dos contratos de relevo y que no se encadenen estos haciendolo indefinido???
Gracias.