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Finiquito fraccionado en plazos

3 Comentarios
 
Finiquito fraccionado en plazos
02/10/2013 10:51
Buenos dias.

La empresa donde trabaja mi mujer ha sido vendida por el antiguo administrador a un grupo empresarial. Éstos nuevos dueños están despidiendo a la gente pero a plazos, es decir, en vez de darles un cheque o emitir una transferencia por el total del importe del finiquito (salario, vacaciones, indemnización, etc.) fraccionan dicho pago en 24 meses. Lo sangrante del tema es que lo incumpen, puesto que han pagado los 3 primeros meses a la gente que han despedido pero desde entonces han dejado de pagar.

Viendo cómo hacen las cosas estos tipos, y en previsión de que a mi mujer también llegue el día que la despidan, no queremos pago fraccionado (para que luego te la jueguen, y no te paguen, sino pago único y al instante, en el momento del despido). ¿Se puede hacer algo al respecto? Es decir, sin tener que esperar a que la despidan y que la digan que la van a fraccionar el pago del finiquito e indemnización en 24 meses, tener algún documento legal o hacer algún tipo de maniobra previa para que, llegado ese día del despido, no puedan fraccionar el pago (que luego incumplen y no pagan) sino que les obligue ese documento o maniobra legal a pagar al instante y en un único pago el importe resultante de finiquito?. Es decir, adelantarse a la jugada, viendo cómo actúan no esperar a que suceda sino para cuando suceda tener remedio ya buscado.

Muchas gracias!
02/10/2013 11:14
Unairaga:
en mi opinión lo único que se puede hacer es lo siguiente:
Si se produce el despido hay que presentar demanda de conciliación y de juicio. Cuando la empresa se presente a los actos no aceptar el pago a plazos de la la indemnización ni de los devengos salariales pendientes. De ese modo se irá al JUicio
y cuando haya sentencia favorable pasar por la empresa para cobrar. Si no pagan hay que ejecutar la Santencia pidiendo que embarguen a la empresa para garantizar el cobro de lo pendiente.
Si la empresa quiere despedir ninguna jugada podemos hacer para evitarlo, pero cuando lo haga solo nos queda acudir al Juzgado Social y pedir sentencia.
Suerte.
02/10/2013 11:30
Muchas gracias libra100. Entiendo entonces que con carácter previo no se puede hacer nada para solicitar el pago único, sólo esperar a que se produzca el despido y entonces demandar (lo que ello implica a que se celebre el juicio, 1 año de de espera).
02/10/2013 17:37
Y si no hace lo que le dicen, pues ya lo ve, la empresa incumple los plazos y deja de pagar y ahora ustedes van a tener que presentar una reclamación de cantidad, total que estamos en las mismas pero con unos meses de retraso.
SMO.