Hola buenas tardes:
agradeceria si pudieran ayudarme a resolver una duda que tengo.
Soy arrendataria de un local de negocio y mi contrato finaliza el proximo mes de enero, pero me gustaria finalizar mi actividad ya para el proximo agosto.
Estoy obligada en este caso a indeminizar algo al arrendador? De cualquier forma, mis relaciones con el han sido muy malas ya que llevo mas de un año exigiendole el arreglo de algunos desperfectos producidos por las lluvias en tejados y fachada y no lo ha hecho.
Por favor, necesitaria una respuesta urgente, porque no se exactamente con cuanto tiempo de antelacion debo de avisarle.
Muchisimas gracias
En arrendamientos de local, lo importante es lo que se haya pactado en el contrato.
De todas formas debes avisar con al menos un mes de antelación, pero el podria no aceptarlo y exigirte el cumplimiento del contrato, los contratos vinculan a ambas partes e igual que el no puede echarte antes de la finalización del contrato, tú tampoco puedes irte antes.
Esto que te he contado es la toria legal, aunque en la practica lo mas aconsejable para ambas partes es llegar a un acuerdo y finalizar el contrato anticipadamente, si lo haceis así, no olvides reflejar en el contrato la resolución del mismo, haciendo constar que es de mutuo acuerdo y la fecha de la resolución, si no lo haces, el contrato no se habria finalizado y en cualquier momento te pordria exigir el pago de la renta.