al finalizar el primer año de contrato y comenzar automaticamente el segundo (dentro del marco de los cinco primeros años), el arrendatario puede poner fin al mismo en cualquier momento? sin preaviso?
depende de lo que hayais pactado en el contrato, si nada habeis pactado, se entiende prorrogado de año en año, así que teneis que comunicarle al arrendador 30 dias antes de cumplirse cada año vuestra intención de no renovar, si no lo haceis así podrá pediros una indemnización.