huye huye :-) , pies para que os quiero
bueno pues intentare agregarte como amigo/a sabiendo que eres una ONG andante y que si quiero dejar de pagar me voy a poder quedar en tu piso igual.
Es que estamos mareando la perdiz, las leyes favorecen a los jetas a los caraduras y cuando un pobre propietario mete a uno de estos en casa no tiene ninguna posibilidad de salir ganando.
Y por cierto, si alguien "duda" o no "quiere firmar vuestra claúsula" es porque es inteligente, yo jamás firmaría eso, la vida da muchas vueltas, y hoy en día NADIE tiene el pan asegurado para siempre. Obligar a alguien a firmar algo asi, es mezquino, ruín y miserable, vamos, yo me encuentro a un propietario que pretende hacerme firmar eso, y le digo que se meta su propiedad por donde le quepa. Y por otro lado, yo como propietario NUNCA haría eso, vuelvo a repetir, (que parece que alguien no se ha enterado aún) que PARA ESO ESTÁN LOS SEGUROS. Saludos y adiós, ya no me interesa este tema, está todo dicho.
Por mi parte abandono este hilo, ni me vais a convencer de nada, ni tenéis ni el menor atisbo de razón. Si un propietario no se fía, QUE NO ALQUILE, asi de claro. Que para algo existen los seguros. Y perdona, pero no me creo que te hayas leído BIEN todo lo que dices. Me parece que no eres consciente de que en este país la mayoría de la gente en estos momentos no tiene NI PARA COMER. Yo desde luego si algún día alquilo una propiedad mía, no voy a convertir a nadie en delincuente, haré las cosas con inteligencia, pero sin pisotear a nadie. Ya no me interesa este hilo, y no lo pienso seguir más, es absurdo.Suerte que de aquí a poco las cosas van a cambiar, y mucho.Agur.
yo me vuelvo a reiterar en ello y ademas lo amplifico.
no solo debería ser legal si no que además público para todo el mundo.
lo que es inmoral es tener a alguien en tu piso que sabiendo que no podrá pagar (o no quiere) este por la jeta en tu casa.
yo no tengo porque hacerme ningún seguro ni pagar nada, en tal caso que lo pague el inquilino.
debería ser penado, como cuando hurtas 400€ que se convierte en delito, pues con esto igual, no pagas mas de 400€ en alquileres pues a la cárcel.
si no tienes donde vivir quédate en casa con papa y mama.
yo no se nada de S-caim, solo que hay que pagar para acceder a sus datos así que por mi parte nada.
Me he estudiado la Constitucion de memoria, el codigo penal , el codigo civil y unos cuantos mas.
Unos códigos a veces se enfrentan a otros en lo que dicen, y te vuelvo a repetir que lo del derecho de la vivienda es algo insustancial, fantasma, sin valor. te vuelvo a repetir que ese articulo se incumple cada 2 x 3 y nadie con la constitución en la mano ni denunciando consigue una vivienda (los mas chorizos si).
Entonces partiendo de la base de que no se cumplen algunos articulos, el derecho a la privacidad tampoco, se intenta, pero malamente, lo que te decia del banco de datos policiales, bancos y otros.
el resto de los MORTALES tenemos DERECHO a saber con QUIENES NOS LAS ESTAMOS JUGANDO.
Nuestro fichero existe para cubrir una necesidad, todos los tramites que exige la protección de datos están cubiertos, moralmente creemos que a la hora de formalizar un contrato de arrendamiento es necesario poder saber quien entra en nuestras viviendas.
de este modo ademas seguro que las condiciones arrendaticias serán menos duras ya que podremos garantizar al propietario la buena fe del posible inquilino.
Estamos a su disposición para satisfacer todas sus dudas e intranquilidades sobre nuestro fichero y servicios.
Un Cordial saludo, S-CAIM
¿Quiénes Somos y a que nos Dedicamos?
S-CAIM somos un fichero de solvencia patrimonial, dedicado al tratamiento de datos de carácter personal de inquilinos deudores.
Nuestra empresa se dedica a determinar la solvencia patrimonial de un determinado candidato, antes de formalizar un contrato de arrendamiento.
Nuestra visión global es crear una base de datos completa, sencilla y que este a la mano de todos los profesionales para que puedan consultar los datos de sus posibles candidatos antes de cualquier contrato de arrendamiento.
¿Cómo Utilizar S-CAIM?
S-CAIM es un fichero exclusivo para profesionales, de este modo promoveremos que los particulares acudan a un profesional del sector a la hora de alquilar su inmueble, así promoveremos la profesionalización del sector del alquiler.
¿Que porta S-CAIM al sector del alquiler y a sus profesionales?
Cada profesional registrado en nuestra web podrá elegir si quiere aparecer como profesional (público) de modo que cualquier particular pueda localizarlo para realizar las gestiones pertinentes a la hora de alquilar su piso con mayor garantía.
Con nuestra clausula de S-CAIM podrá darle una fuerza adicional a su contrato de alquiler, nuestra clausula le sirve para en caso de incumplimiento poder incluir los datos de su inquilino deudor desde la primera cuota impagada, de este modo conseguiremos crear un compromiso mayor de pago.
La fuerza de cualquier fichero de solvencia esta en el uso de este, si cada profesional del territorio utilizamos esta clausula y realizamos consultas sobre nuestros candidatos, conseguiremos limitar el rango de acción de estos inquilino deudores que sabemos que la gran mayoría saltan de un piso a otro generando grandes impagos.
¿Quién puede incluir los datos de un deudor en S-CAIM?
Los datos de un inquilino deudor solo podrán incluirse a través del acreedor ó quien actúe en su nombre, desde la zona privada de cada profesional registrado, podrán descargarse nuestro contrato de cesión de datos, para tramitar y proceder con la cesión de estos datos.
¿Qué requisitos son necesarios para proceder con la inclusión de dichos datos?
a) Que se trate de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada.
b) Únicamente pueden registrarse datos facilitados por el acreedor ó por quien actúe por su cuenta e interés.
c) Que no hayan trascurrido 6 años desde la fecha en que hubo de proceder al pago de la deuda ó del vencimiento de la obligación.
d) Haber enviado un requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación con la advertencia de su posible inclusión en un fichero de información sobre el incumplimiento de obligaciones dinerarias. ( salvo que al formalizar el contrato, los responsables del complimiento del pago, hayan firmado nuestra clausula de S-CAIM )
¿Debemos de comunicar al deudor la inclusión en el fichero?
Esta gestión la tramita directamente S-CAIM que es el responsable del fichero, por lo que no es estrictamente necesario que lo haga el acreedor.
Se enviará una notificación por cada deuda concreta, así como informándole de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición establecidos en la Ley.
¿Qué sucede si el deudor paga su deuda y cumple con sus obligaciones?
El pago o cumplimiento de la deuda determina la cancelación inmediata de todo dato relativo a la misma, en un plazo máximo de 10 días regulado en el artículo 8.5 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal.
El acreedor tendrá que notificar al responsable del fichero de forma inmediata para proceder con la cancelación total de dichos datos.
Buenas tardes.
Ustedes solo vieron la parte exterior del fichero, este fichero tiene mucho mas de lo que se pueda ver a simple vista, y por esto queremos explicarles el procedimiento.
Disponemos de una clausula que el propio inquilino nos firma en el momento de realizar el contrato de arrendamiento, con esta clausula nosotros en cumplimiento con la ley de Protección de datos estamos autorizados por el propio inquilino para proceder a incluir sus datos en nuestro fichero en caso de incumplimiento por su parte.
De derecho "fantasma" nada...te sugiero te leas la constitución.
No poder pagar no es nigún delito, y te aseguro que también hay propietarios que son auténticos delincuentes.
En referencia a esta web, es totalmente ilegal lo que hacen, y espero que no tarden mucho en denunciarles.
Nunca será legal violar la ley de protección de datos y atentar contra la honorabilidad de las personas, te guste o no.
Puedes consultar todo esto en la Agencia española de protección de datos.
También decirte que si tanto miedo tienes, existen seguros que cubren los impagos del inquilino.
Vale, entiendo que entonces a mi cuando me de la gana dejo de pagar el alquiler y al arrendador que le den x ..., por esa regla de tres, nadie pagaria y listos.
no me ha convencido para nada tu comentario, aunque estoy contigo en que hay gente que lo pasa muy mal y efectivamente es un derecho constitucional "el de la vivienda" pero ese derecho es un derecho fantasma, no existe como tal, ¿porque si no, el que no puede comprar una casa no se la dan y sin embargo al gita... le dan una de proteccion oficial?.
yo no digo que no sea ilegal, ahora que inmoral, a mi ni me temblaría el pulso al añadir a alguien, quizas sea un insensible :-) ,
cuando cometes un delito la policia te tiene fichado, se pueden borrar los antecedentes pero mientras, ellos sabran lo q hicistes.
Con esto otro lo mismo, porque alguien no pueda pagar o no pague yo no tengo que sufrir las consecuencias.
por tanto lo siento mucho pero esta genial que exista esa base de datos y deberian hacerla legal 100%.
perdona que te diga, pero esto no se puede hacer, además de ilegal, es INMORAL, resulta que se está incluyendo a una persona en una base de datos que cualquiera puede consultar SIN SU PREVIO CONSENTIMIENTO, y encima se le está privando de que pueda alquilar otra vivienda, vamos, que si se ha quedado sin trabajo, y no ha podido pagar el alquiler, ya no puede alquilar otra cosa aunque vuelva a trabajar, vamos hombre, ¿según tú, qué tiene que hacer esa persona, irse debajo de un puente? NO SE PUEDE INCLUIR A NADIE EN UNA LISTA O BASE DE DATOS SIN SU CONSENTIMIENTO, Y, POR CIERTO, MUCHAS COSAS QUE HACEN LOS BANCOS, (LA MAYORÍA DE LO QUE HACEN) SON ILEGALES. Y además por si no lo sabes, negarle el derecho a la vivienda a alguien es incosntitucional. Es como lo de los bancos: te quitan la casa, te echan a la calle, y encima les debes el dinero de la hipoteca. Estas cosas sólo pasan en España, somos el azmerreir del mundo entero, un país de pandereta donde se pisotea impunemente los derechos fundamentales y básicos de las personas.
A veces la "proteccion de datos" queda anulada en derecho de otras causas de fuerza mayor, aunque este no creo q sea el caso, estoy totalmente a favor de que exista.
Los bancos tienen ese poder de consultar quien es moroso. ¿porque ellos si y nosotros no?
¿Nuestro negocio o necesidad de alquilar un piso es menos importante que el crédito que ellos van a facilitar?.
¿No tiene todo el mundo derecho a la información?.
¿No tienes derecho a saber sobre la composición de alimento que compras?.
Estas alquilando un piso, estas declarando a Haciendo sus beneficios, al menos habría que tener derecho a una base de datos que el arrendador si pudiese consultar, no cualquier persona de a pie.
www.s-caim.com podrá incluir los datos de sus inquilinos morosos y consultar si su candidato dejo tras de si alguna deuda proveniente de un arrendamiento anteriormente.
Inclusión de datos gratuito