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Fianza

2 Comentarios
 
perfil Jan
11/07/2007 10:42
Hola Agua. Yo no sé como funciona el IVIMA de Madrid pues ejerzo en León. Sin embargo, en la Cámara de la Propiedad Urbana(el equivalente al IVIMA en Castilla y León) aceptan el depósito de varios meses de fianza, aunque sólo 1 o 2,en función de que se trate de un contrato de arrendamiento de vivienda o de uso distinto al de vivienda, son considerados por el citado Organismo como Fianza a los efectos del art 36 LAU 1994.

Lo más práctico, a mi entender, es ingresar en el IVIMA o en la Cámara sólo la fianza( 1 mes o 2).

Reciba un cordial saludo.
10/07/2007 19:01
Bueno, he investigado algo: La norma de la Comunidad Autónoma de Madrid dice que es obligatorio depositar la fianza del 36.1 de la LAU, que se refiere a la fianza de 1 mes. Lo que no me queda claro es cómo regular la fianza de 3 mese para que no haya duda, para que la Comunidad no me pueda exigir que les ingrese más de ese mes.
Fianza
10/07/2007 17:25
Hablo de Madrid donde es obligatorio depositar la fianza en la Comunidad Autónoma. La pregunta es para el caso de que se pacten 3 meses de fianza, en ese caso hay que depositar los 3 meses o solo el 1 mes de fianza obligatoria.