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Faltas al trabajo

11 Comentarios
 
01/04/2022 09:47
En el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden Social.

Por el que se regula las sanciones del empresario en mi convenio colectivo de trabajo expresa en el art 7.11 son infracciones graves " Los actos del empresario que fueren contrarios al respeto de la intimidad"

¿ Con esta Ley puedo alegar que el empresario me está acusando de un hecho, por las supuestas acciones que hago en mis días libres de trabajo, suponiendo una infracción grave ?
01/04/2022 09:36
Jamgrrhh28
Buenos días. La coordinadora de la empresa me ha hecho llegar un comunicado, en el cual, tengo 5 días para alegar. Se me acusa según el convenio colectivo, de falsificación de documentos médicos ( porque el justificante no venía firmado por un facultativo) y deslealtad hacía la empresa ( cuando ya he entregado mi parte de baja/alta)

Por otro lado, me acusan que esos hechos. Son causa de un viaje en otra ciudad que yo colgé en mis redes sociales, durante el fin de semana( que recuerdo que no eran fotos actuales, y donde mi Instagram es privado y no tengo a los jefes ni coordinadora aceptados como amigos)

¿ Como debería actuar ante esto ?
31/03/2022 23:37
Vera, digo torpeza por subir imágenes de un fin de semana distinto justo cuando al día ss cae usted enferma, lo de andar publicando por las redes puede resultar muy perjudicial.
Sin embargo no le falta razón en decir que en sus días libres usted puede disfrutarlos y luego si el primer día de trabajo enferma pues parte de baja y listo, no hay ningún problema, por eso le digo que la empresa pueden pretender sancionará pero si usted no acepta la sanción y la impugna ante el Juzgado de Lo Social quien tendrá que demostrar la comisión de una falta será la empresa, es decir puede que la empresa proceda a sancionarla pero si usted no se amilana e impugna la sanción, ésta no tendrá más recorrido.
Yo de usted no me preocuparía y esperaría a la reacción de la empresa a ver por dónde salen, en cuyo caso nos comenta el lo que he an decidido y le diremos cómo reaccionar, por lo pronto, no sé si está usted afiliada a algún síndicato pero se lo recomiendo para posibles reclamaciones a la empresa
smo
31/03/2022 16:54
Jamgrrhh28
Muchas gracias. Pero no entiendo lo de torpeza. En mis dias libres yo puedo hacer lo que yo desee y la empresa no debería meterse y menos por lo que ven en una red social ( que en este caso no era una retransmisión en directo de lo que estaba haciendo)

Si da la casualidad que termina mis dias libres, y el Lunes me pongo mala, y entrego parte de baja. No entiendo como me pueden sancionar por eso.

Le repito, son mis días libres.
31/03/2022 16:31
Vamos a ver usted puede acudir a inspección sanitaria o a inspección de trabajo sobre cualquier irregularidad que cometa la empresa a su vez, la empresa puede acudir a estos mismos estamentos en defensa de sus intereses, por otra parte y como le he dicho, el justificante no es para la empresa es para que le faciliten el parte de baja y alta en el cuál a usted le entregan dos copias, una para la empresa y otra para el trabajador, pues bien si observa estos documentos, en el correspondiente para el trabajador, consta la patología por la que da motivo a la baja mientras que el que corresponde a la empresa ese dato no consta.
En cuanto a lo de Instagram, si pretenden sancionarla, tendrán que demostrar que esas fotos son de ese fin de semana, lo que por otra parte es una torpeza por su parte ya que quien vea esas fotos justo el mismo fin que saca usted el parte de IT da mucho que pensar, aunque ya le digo, quien tiene que probar que esas fotos son de ese mismo fin de semana es la empresa.
31/03/2022 12:41
Jamgrrhh28
No sabía eso. Y la coordinadora tampoco me informó ¿ Tienen la obligación de hacerlo?

No me preocupa que lo comprueben. Mi duda era si eso es legal, es decir, son documentos privados.¿ La empresa tiene derecho a enviar mi justificante a una inspección Médica, sin autorización mía?

Y por otro lado, con respecto a que me acusen de haber estado en un viaje de ocio, por que yo he subido fotos en mi Instagram en mis días libres. Y me acusen de haber faltado al trabajo por eso ¿ que me dices sobre eso ?
31/03/2022 12:33
El justificante de urgencias es para que acuda a su médico de cabecera para que le dé baja y alta, el justificante para la empresa no sirve y luego entregó el parte de IT fuera de plazo por lo que pueden quitarle el día.
En cuanto al Justificante dudo mucho que lo enviasen a ninguna parte pero eso no debe preocuparle si verdaderamente se lo han dado en urgencias
31/03/2022 12:06
Jamgrrhh28
Yo falté a mi trabajo el Lunes( no avisé que faltaba porque me encontraba tan mal que no podía coger el teléfono ) pero aún así, fuí a urgencias y me dieron un justificante, que entregué a la mañana siguiente.

Ellos han dudado de ese justificante y me mandaron un informe que lo han mandado a inspección médica provincial de Cádiz ¿ Eso es posible ?

Después de eso, y sin que ellos me pidieran la baja. Fuí a mi médico de cabecera con ese justificante de urgencias y me dió la baja y el alta de ese día que falté. Pero lo he entregado en el 4 día, es decir, falté el Lunes y lo he entregado hoy Jueves.

Además de todo eso. Han dudado de mi enfermedad, porque en el fin de semana ( mis dias libres) yo publiqué en Instagram ( teniendolo privado) fotos de un viaje. ( que era atrasado, no era una retransmisión en directo de mi fin de semana, además de que son mis días libres.
31/03/2022 11:29
Estos plazos no han variado, el parte de baja se ha de entregar en 3 días y en caso de que coincida con fin de semana se amplían a 5 días, es decir, por ej, usted recibe la baja el viernes y tendría hasta el martes para entregarla.
Pero no sé porqué me da que usted, en su momento no acudió a su médico de cabecera para recoger el parte de baja y quiere solucionarlo ahora porque una cosa es no entregar el parte de IT y otra muy distinta no llamar a la empresa para decir que esta enfermo y que no va a acudir al trabajo.
31/03/2022 10:04
Skybiker
Ok. ¿ Esos plazos se han ampliado actualmente con la situación del covid?
31/03/2022 09:59
No sé exactamente que ley recoge eso pero los partes de baja y de confirmación de la baja deberán de ser entregados a la empresa en el plazo de tres días contados a partir del mismo día de la expedición de los partes médicos.
Es decir, que el día en el que se expida la baja o la confirmación cuenta como el primer día de los tres que tenemos para entregar el parte.
Saludos.
Faltas al trabajo
31/03/2022 07:27
¿Cuantos días tiene el empleado de notificar que está enferma, después de haber faltado a la empresa sin avisar?

Me gustaría saber también, la Ley que justifica eso. Gracias