El hecho de que os tomaran los datos a todos no significa obligatoriamente que os vayan a denunciar a todos por el mismo hecho. Es práctica habitual en un caso como el que comentas que tomen los datos a todos, aunque sólo sea para comprobar en ese momento si cualquiera de vosotros tenéis alguna causa pendiente con la justicia. Con respecto a la conducta en cuestión, es de suponer que los agentes de la autoridad sabían quién o quiénes de vosotros proferísteis los insultos para denunciarlo. Si no no tiene mucho sentido.
Yo coincido con el compañero Keko en el tipo penal que corresponde en este caso, a falta de más datos. ¿No os dijeron los agentes a quién iban a denunciar por los insultos?, ¿u os dijeron que a todos por que todos los habíais insultado?. ¿No os dieron ninguna explicación?.
Lo dicho, que os tomen los datos no significa que os vayan a denunciar a todos, y, si no os denuncian, vuestros datos quedaran olvidados y no constarán en ningún archivo informático. No penséis que vais a tener antecedentes policiales ni mucho menos por eso.
Un saludo.
yo quiero aclarar q solo insulto una persona pero nos tomaron los datos a los 3 q ibamos
¿de paso me podiais aclar lo del delito de injurias ( lo q me puede pasar iy esas cosillas ?
Hola Ana Fernández. En mi opinión la calificación penal de la conducta realizada por el amigo del Sr luismir coincide con la manifestada por el forista Keko, pues el hecho de insultar a un agente de la policía cumple los requisitos de tipicidad( adecuación de un hecho cometido a la descripción que de ese hecho se hace en la ley penal) y antijuricidad. En cuanto a la culpabilidad como elemento es irrelevante en el presente caso.
Por ello no creo que la citada conducta pueda incardinarse dentro del delito de injurias( en este caso me inclinaría por el art 504.2 párrafo primero) al no cumplirse el requisito de la tipicidad.
Nadie está discutiendo. Sólo opinamos amigablemente en un foro, cada cual con sus argumentos. Y las opiniones son libres, aunque tambien opinables.
Simplemente, entiendo que se está presuponiendo algo que el consultante no ha dicho en ningún momento. Es más, aclara que fué un compañero, y no él personalmente.
Y si habla en plural, entiendo que lo hace al referirse a su parte como grupo, no como individuo. Grupo en el que el consultante iba.De ahí que, supuestamente desconociendo la ley, muestre preocupación por si, por el hecho de ser el insultante del grupo, se castigue al grupo y no al verdadero autor indivudualmente.
Pero mejor que nos lo diga luismirs, so pena de querrer buscar tres piés al gato.
No era mi intención juzgar al interpelante, ni lo es ahora discutir con usted, Optio.
Sencillamente: me resultó curioso que, en ningún momento, el Sr. Luismirs haya alegado que el único autor fue su amigo. Y, sigo opinando que se resigna a ser multado o, al menos, lo prevé.
Un saludo.
Los juicios los hacen los Jueces, despues de analizar las pruebas. Y si el amigo no es el consultante, parece que no se da por multado: "anoche un amigo insulto a un policia".