Si en el convenio de la empresa no pone nada sobre preaviso, y la duración de la relación laboral ha sido inferior al año, no es preceptivo el preaviso.
Por problemas bastante bruscos con mi jefa, me he visto obligada a abandonar mi puesto de trabajo.
Di un preaviso de 15 días, pero a los 13 días de finalizar el preaviso he decidido marcharme, pues la situación era desesperante y me han ido saliendo otras ofertas de trabajo mejores.
Trabajo en una tienda de una empresa grande, con un contrato para cubrir la baja de una chica que está embarazada. Así que la duración era indeterminada, pero más o menos lo que durase el final del embarazo y la recuperación, unos 8 meses me dijeron.
Querría saber en qué punto se encuentra la ley en cuanto a las indemnizaciones por irte del trabajo antes de finalizar el preaviso. He leído algunas sentencias en las que se prohíbe el enriquecimiento injusto por parte del empresario, y las multas de haber a las que alude el ET. Y que en caso de reclamar una indenmización, deben demostrar que ha habido un perjuicio real económico para la empresa.
¿Alguien sabe algo sobre el tema? En el convenio de la empresa no pone más que lo que pone en la legislación "corriente". Si alguien me puede orientar, le estaría muy agradecida.
Un saludo.