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Falso testimonio en divorcio contencioso.

10 Comentarios
 
Falso testimonio en divorcio contencioso.
26/02/2022 04:20
Por favor necesito ayuda. Recientemente se ha celebrado el juicio oral de mi divorcio contencioso y tanto la abogada como la testigo de la otra parte han mentido en su declaración en cosas fácilmente demostrables. Con el fin de penalizarme y que el juez señale una pensión compensatoria a la otra parte. ¿Puedo denunciarles?

Gracias
26/02/2022 11:49
Hola,

Técnicamente la abogada no puede cometer falso testimonio, ya que no testifica.

Sí, puedes denunciar e incluso querellarte si así lo deseas. El delito de falso testimonio está tipificado en el Art. 458 del Código Penal (CP).

Si bien en el caso de la abogada, esta no puede cometer falso testimonio, sí podría ser responsable de un delito de presentación de falso testigo, del Art. 461.2 CP.

Aún así, debo advertirte que las causas por falso testimonio rara vez prosperan.

Un saludo.
26/02/2022 14:09
elminster
Y la abogada no comete delito al mentir en su intervención y en la demanda?
Gracias
27/02/2022 15:54
naita79
Si en las conclusiones de la vista, tu abogado no dijo nada, poco puedes hacer y si tienes 3000€ te podrás querellarse contra la supuesta falso testigo.

Saludos.
27/02/2022 20:18
Que estáis queriendo decir que un abogado puede decir que convivimos 8 años antes del matrimonio a sabiendas de que es mentira porque la propia vida laboral nos sitúa a 800km y aquí no pasa nada? Esa es la justicia española?
27/02/2022 20:19
Que puede manipular las pruebas que yo presenté y decir que son ingresos míos y no de mi ex y no pasa nada? Qué pasa que la estafa procesal es algo que no sirve de nada?
28/02/2022 11:04
naita79
Hola,

El delito de falso testimonio del Art. 458 solamente puede ser cometido por el testigo. El abogado no "testifica" en juicio. Puede, no obstante, cometer el delito de presentación de testigo falso del 461 CP, pero esta figura requiere, además de que el testigo presentado haya mentido en juicio, que quien lo presenta lo hiciese a sabiendas de que iba a cometer perjurio. Si deseas que la acusación prospere contra ambos, tendrás que demostrar, sin ningún género de dudas, que el testigo mintió y que el letrado lo presentó a juicio a sabiendas de que iba a mentir.

En la demanda y en las conclusiones el abogado no "testifica", simplemente argumenta. El juez no puede basar su sentencia en una afirmación fáctica que haya realizado el letrado. Resulta evidente que el letrado de cada parte interpretará las pruebas de la manera que más favorezca a su defendido.

Un saludo.
28/02/2022 11:17
naita79
Hola,

El letrado puede decir en la demanda, prácticamente, todo lo que quiera. El juez, una vez valoradas las pruebas, declarará probado aquello que así lo estime conforme a las reglas de la lógica y la máxima de la experiencia.

Cosa distinta es que, en la contestación a la demanda, el letrado contrario no haya negado un hecho en particular, o no lo haya contradicho. Si un letrado no contradice un hecho el juez puede darlo como verdadero por no ser controvertido. Esta carga procesal del demandado está inserta en el Art 405.2 LEC: "En la contestación a la demanda habrán de negarse o admitirse los hechos aducidos por el actor. El tribunal podrá considerar el silencio o las respuestas evasivas del demandado como admisión tácita de los hechos que le sean perjudiciales". Esta oportunidad (y carga) procesal se repite en distintos momentos del procedimiento (vg. Arts. 426 y 486 LEC).

Así pues, si la parte contraria había afirmado algo que tu podías probar como falso, deberíais haber negado el hecho y presentar las pruebas que conducían a esa conclusión.

Un saludo.
28/02/2022 12:21
Claro y lo habría hecho si lo hubiera indicado en la demanda. Pero lo hizo de viva voz y sin probar absolutamente nada en la última intervención en el juzgado, cuando mi abogado ya no tenía turno de palabra.
01/03/2022 07:56
Hola,

Si se da el caso, siempre puedes denunciar (o querellar) por falso testimonio. En el procedimiento se deberá demostrar la falsedad de lo dicho por el testigo. Si decides actuar también contra la letrada, además, deberás demostrar que presentó el testigo a sabiendas de que iba a mentir.

Si se produce la condena y el testimonio ha servido de fundamento en la sentencia, puedes acudir al Procedimiento de Revisión de Sentencias Firmes (Art. 509 LEC) por el motivo del 510.1.3º:

"1. Habrá lugar a la revisión de una sentencia firme:
...
3.º Si hubiere recaído en virtud de prueba testifical o pericial, y los testigos o los peritos hubieren sido condenados por falso testimonio dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia".

Un saludo.
23/08/2023 23:04
Si he entendido bien. Hay q decir q esa prueba es falsa y después, otra denuncia o querella? En el mismo juicio al testigo falso no le sancionan?
Hay q entablar otro pleito con las pruebas q hay de falsedad?

Y si la parte denunciada, presenta documentos falsos? También se puede denunciar eso? Hay q hacer otro proceso judicial?