Si le haces factura incurrirás en el error de admitir que tienes una actividad profesional en régimen de estimación directa, por lo que todas tus actividades serán en estimación directa y con efectos retroactivos.
Por lo que comentas de actividad puntual, he visto a contribuyentes que les han exigido la E.D. con toda su contabilidad por 400'00 euros anuales de "actividad puntual".
Soy autonoma y estoy en estimación objetiva y en recargo de equivalencia (alimentacion y bebidas al por menor)
Además, se me da bien el diseño gráfico y un amigo que tiene una empresa me ha pedido que le diseñe un catálogo. Ya lo he terminado, pero no se muy bien como realizarle la factura:
1. ¿Me tiene que retener el 7%?
2. ¿Le tengo que cobrar el 16% de IVA en la factura?
P.D.: Se trata de una actividad puntual, ya que yo no me dedico a esto.