1.- Si se inscribió como pareja de hecho con un ciudadano de la Unión en un Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados parte de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, usted quedó sujeta a régimen comunitario y sobre esa base le fue concedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Ahora bien : esa tarjeta solo la autorizaba para residir y trabajar en España. De hecho, las ausencias de España por más de 6 meses en un año, salvo que exista causal de justificación o de no aplicación, tienen por efecto la caducidad por ausencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
2.- Si se canceló la inscripción como pareja de hecho en el Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados parte de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, usted para conservar el derecho de residencia debía hallarse en alguno de los supuestos que permiten conservar a título personal el derecho de residencia. Si no se hallaba en ninguno de esos supuestos, estaba obligada a modificar su situación a régimen general.
3.- Las situaciones de pareja de hecho registrada y matrimonio son, a todos los efectos, incompatibles entre sí a los efectos de solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
4.- El matrimonio celebrado por usted en otro Estado, con una persona distinta, tuvo por efecto la extinción de la unión de hecho formalizada en España, efecto que se produjo ipso iure. Si no canceló la inscripción y desea hacerlo ahora sobre la base de matrimonio con persona distinta, debe presentar la certificación literal de ese matrimonio, porque será a partir de esa fecha que debe dejarse constancia de la extinción ipso iure de la unión de hecho y los efectos de la cancelación deben retrotraerse a esa fecha.
5.- Si la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia le ha requerido el certificado de inscripción en el Registro de Parejas Estables en el que se inscribió es porque debe comprobar que usted sigue siendo familiar del ciudadano de la Unión que le dio el derecho de residencia en España o si dejó de serlo, que conservó el derecho de residencia en régimen comunitario en España a título personal, por reunir los requisitos para ello y de ser así, que además mantuvo la calidad de trabajadora por cuenta ajena o propia o que siguió contando y cuenta con recursos económicos propios suficientes.
Un cordial saludo.
Extranjería me está pidiendo este certificado de pareja de hecho
En el 2013 me di de alta como pareja estable con un español. El cual dos años y medio después se fue de la casa y desapareció. Yo me vine a vivir Alemania, y poco tiempo después volví a contactar con el. Le pedí de favor que se diera de baja como pareja estable. El dijo que lo había dicho. Entonces yo confiada me casé con un aleman en el 2017 para enterarme hace poco que aún ni estaba de baja. Ahora extranjería me está pidiendo este certificado. Estoy en problemas ?