Encarnacion abrio el melon y Cardacar, vuestro apoyo aumque sea a distancia en un alivio en estos momentos , en marzo veremos la mano del JUez, y ya diré
Espero que todo salga como esperas,Francolla.Lo que ocurra en tu caso, sera lo que mas o menos pueda esperar yo en el mio, ya que a mi aun me faltan 5 años para que llegue la mayoria d edad d mi menor.
Para que t sirva d animo, que sepas que mi ex alguna vez me dijo que iba a estar "enroscada"en mi casa hasta que mi hija tenga 18 años.Si ella sabe que existe ese supuesto legal, d alguna opinion colegiada le habra llegado.
Mucha suerte y algo d justicia.Animo.
francolla, el abogado de la parte contraria que te va a decir.....pues lo que a el le interesa.
Quien tiene que dilucidar el tema es el Juez. Y si sigue la abundante jurisprudencia del Supremo como es su obligacion, deberia extinguir el uso ya que tu hijo es Mayor de edad.
Lo de la independencia economica o no, es irrelevante. Eso es para las pensiones de alimentos.
Y en el caso d vivienda privativa del padre y llegada la mayoria d edad d los menores,que dice la ley al respecto?? Yo no quiero que mis hijos tengan que abandonar la casa si no quieren, pero si mi ex que deberia tener tiempo d buscarse la vida en 10 años que habra tenido llegado el momento.
Carmen dominguez Alonso, gracias en contestar, entiendo que mi hijo siga con la atribución de la vivienda y no voy contra mi hijo, la que quiero que se vaya de mi piso privativo es su madre ya que ya desaparece la custodia, es esto legal o es ilegal lo que expongo, es decir, tengo derecho a que la custodia finalice su trabajo en mi casa y volver yo a mi casa? podían darme su opinión? gracias
Lo que manifiesta el abogado contrario en su contestación a la demanda, es que no se puede aplicar de forma automática nada, es decir, el alcanzar la mayoría de edad, no conlleva que automáticamente se tenga independencia económica, menos si están estudiando, por lo cual siguen con la atribución del uso de la vivienda, si no se pacto otra cosa.
Muchas gracias Veninox por colgar tanto material. La última sentencia es muy buena y tendría que estar muy claro para todos los jueces.
Francolla, no se si la has podido leer pero está muy bien desarrollado el Fallo y no tendría que haber dudas. No te desanimes, el abogado de la otra parte puede decir misa.
Veninox y abogados y demás quien pueda opinar sobre esto: me ha llegado la contestación a la contestación a la demanda de su abogado, referente a la ocupación de mi piso. Alcanzar la mayoria de edad legal no conlleva automaticamente la posbilidad de que los hijos puedan obtener la independencia eonomica pues estan en edad de estudiar, me pregunto si esto de la independencia eonomica para recuperar el piso no se mantiene en el caso de estudiantes aunque sean mayores de edad, me gustaria recibir comentarios al respecto. Saludos
Buenas tardes a todos los foreros.
Me encuentro en el caso de que mi hijo pequeño cumple 18 años el mes que viene. Llevo seis años divorciado y la madre tiene la custodia y la casa que es de los dos. En la sentencia de divorcio pone que la vivienda será "para uso y disfrute de la esposa y los hijos, hasta que legalmente o por alcanzar la independencia económica de los hijos...."
Me han comentado unos amigos que ultimamente se extingue el uso al alcanzar los hijos la mayoría de edad y me gustaría saber si este puede ser mi caso y que tramites seguir.
Muchas gracias por adelantado.
http://www.sepin.es/familia/VerDoc.asp?referencia=SP/DOCT/18396&cod=0010fA1DE0GB0Lj1iR0HG01g0G90H603D0m109Q01i00q07b0Le1ic07b01g1yz0JQ0FX2930Cp2MQ1jV
Lo encontré, aquí lo pongo de nuevo, para quien le interese.
Cierto, atribucion de uso, derecho de abuso, se usa a los hijos para conseguir cosas gratis, y los puñeteros politicos ni se les ocurre debatir, que pierden votos. 40 años de expolios deberian ser suficientes para que movamos el culo
Perfectamente se puede vender la vivienda sin hacer la liquidación. El problema está en que mientras uno de los cónyuges tenga la atribución, por el hecho de tener casa gratis, por joder al ex o por puro egoísmo (suele ser por los tres motivos a la vez) se va a negar a la venta. La única forma de que la vivienda se venda en estos casos de hermetismo es la extinción de esa atribución y la tiene que proporcionar un juez. En mi caso la liquidación es un mero trámite que no impide a mi exmujer seguir haciendo uso de la vivienda, puesto que como es casi nuestro único bien se va a declarar en proindiviso.
Espero haberte aclarado algo...
El favor filis es solo para algunos hijos del pater, lo que demuestra indudablemente que lo que prima s el favor matris, solo con ese dato ya es irrebatible. Hijos de primera hijos e segunda, no tienen igual favir filis
Mi problema es que debido a la crisis solo he encontrado trabajo fuera. Por lo que compartir la casa por periodos es una alternativa que yo no puedo aprovechar. De todas maneras, entiendo que tanto si uno es propiedad del 100% o 50%, el derecho es el mismo sobre su participación. Lo que es aberrante es el chantage que hace de que si lo quieres bien y si no te ...odes como dijo Herodes.
La casa vale por dos pisos y sobra dinero. Y mientras ella disfruta gratis de la vivienda (que aun siendo a nombre de los dos, la pague toda yo ya que ella durante el matrimonio no trabajó)
Yo vivo de alquiler con mi nueva familia y tengo un hijo de 6 años enfermo. Al que no puedo darle las mismas facilidades que me he visto obligado a dar a mis hijos mayores por imperativo legal y dejándome a mi en la miseria.
Solo quiero justicia y que ella haga lo que le de la gana con su parte, pero no con la mía.
El uso sin plazo, es una expropiacion, quien va a querer comprar algo a un precio justo que previamente ya expropio?. Esto es una aberracion juridica, lo logico y justo es demandarle a la justicia que el uso se adjudique de forma alterna a ambos propietarios, es posible, es legal y ya no se puede alegar ese interes del menor que siempre es el interes de la madre en quedarse gratis un bien de elevadisimo valor y por cuanto mas tiempo mejor, o empezar a pedir daños y perjuicios, podria ser una via, aunque el derecho de familia no comtempla estas cosas, es evidente que quitarle a alguien el uso de su propiedad le ocasiina un perjuicio y algun dia, alguna asociacion va a tener que juntarse y mover reclamaciones de afectados, la ley si contempla indemnizaciones por daños y perjuicios y esto que lleva pasando mas de 40 años es un flagrante caso de daños morales y patrimoniales.