Soy muy optimista viendo sentencias de este tipo.
Pero yo tan sólo llegué a la AP (y ahí aún salí más perjudicado que en primera instancia), si lo llego a saber, hubiera llegado hasta el TS.
El problema que se me plantea, es que ahora ha cambiado el panorama y las sentencias empiezan a ser justas, pero a mi aún me quedan unos años, así que estoy atado de manos. Me da mucha rabia no poder hacer nada hasta dentro de 3 años
Ayer al darle a enviar desapareció mi post con las sentencias y los resúmenes que había hecho, arrgggg
Las voy enviando poco a poco, no sea que se me borre todo de nuevo!
Estas tres son de este año 2016
STS nº resolución 51/2016, del 11 de febrero de 2016
En esta sentencia, el TS concede una custodia compartida que la AP había denegado. Se determina que ambos están en similares condiciones económicas y el TS concede a la madre el uso de la vivienda por un año para facilitar a ella y a los menores la transición a una nueva vivienda. Pasado este año, la vivienda quedará supeditada a la liquidación de gananciales.
STS nº resolución 434/2016, del 27 de junio de 2016
Custodia compartida. Cotitulares de la vivienda. La AP le da el uso a la madre hasta que la hija cumpla la mayoría de edad. El TS dice tal cual: “Es la esposa la que ha venido disfrutando del domicilio hasta ahora y la que mantendrá en el mismo durante un año más contado desde esta sentencia. Se trata de un tiempo suficiente que va a permitirle buscar una nueva vivienda, como hizo el esposo, para atender a las necesidades de la hija durante los periodos de guarda efectiva”.
STS nº resolución 522/2016, del 21 de julio de 2016
Vivienda privativa y custodia compartida. La AP le daba el uso a la madre hasta la mayoría de edad. El TS lo limita a dos años diciendo que “se trata de un tiempo suficiente que va a permitir a la esposa rehacer su situación económica”
Gracias francolla,
Eso pienso yo y espero que el juez/a lo vea también así. Tengo los datos de las cuentas bancarias, los del INEM y los de la Seg. Soc. . Ahora estoy esperando tener los certificados de las tres ultimas declaraciones para argumentar la demanda. Las pruebas las he conseguido legalmente, a través del juzgado, para que ella no pueda decir que son falsos. Por desgracia todo va muy lento en los juzgados, el trámite de diligencias preliminares lo puse en febrero y aún no esta concluido, falta la documentación requerida a ella. Aunque sabemos que ya la ha entregado al juzgado no nos ha llegado a nosotros. Con un poco de suerte para finales de este mes podremos interponer la demanda de modificación.
Por eso tengo tanto interés en que RACHE nos pueda facilitar el acceso a sentencias, sobre todo si tiene alguna de Catalunya, que es donde me toca ponerla. Yo ahora vivo en otra comunidad por motivos de trabajo. Conforme vaya teniendo movimientos iré informando.
Y avisar si finalmente se hace recogida de firmas, conozco bastantes personas que estarían dispuestas a firmar.
Papasprecarios ya siendo tu hijo mayor de edad desaparece la custodia como me ha ocurrido a mi. Y ya el piso un mayor de edad no impide que su padre recupere la vivienda. Y si puedes demostrar con papeles que ella tiene ese dinero que le genera ingresos más la ayuda que dices que tiene por mayor de 55 años a ella no la pueden considerar digna de protección. Y al ser el piso ganancial suelen atribuir un año a cada uno hasta que liquideis gananciales. En mi caso a mi hijo de 19 años no le han dejado el piso se lo han dejado a ella al considerarla la más digna de protección. Espero te sirva
En mi caso también el piso es privativo asi que me servirán lo que hayas buscado. Cuando tú puedas y consideres pones los enlaces . Ya es hora que hagan justicia con los más perjudicados que somos nosotros. Miles de gracias por mi parte
Hola Rache,
Mi situación es: hijo de 21 años, a quien el juez en el 2008 adjudicó la vivienda por ser menor y a su madre (como progenitora custodia). No indica que sea hasta la mayoría de edad ni la mas necesitada. Me tengo que regir por la legislación catalana. La vivienda es de los dos 50% (tuve la estupidez de ponerla ha ella como cotitular cuando solo trabajé yo) me pidió el divorcio 15 días después de liquidar la hipoteca (quedaban 30.000 euros y los liquidé en dos pagos)
Tal y como digo, ahora nuestro hijo tiene 21 años y hace dos le comunique que deberíamos de vender la casa o disolver el condominio. Ella quiere la casa, pero me ofreció solo el 25% del valor real de la casa. Evidentemente le dije que no. Ella se ha atrincherado y me si no acepto sus condiciones pues que lo que le ha dado un juez se lo quite un juez.
Ella tiene 56 años y no trabaja. El chaval esta en la universidad, pero no tiene intención de trabajar hasta que no acabe los estudios (master incluido).
A través de unas diligencias preliminares, hemos sabido que tiene más de 500 MIL euros en distintas cuentas bancarias, pero como no le rentan más de 5000 euros netos al año, el SEPE (antes Inem), no considera la suma que tiene en el banco y le dan la prestación de mayores de 55 años. Mi abogado espera que el juez no tenga la misma consideración que el SEPE. Yo no poseo nada más que mi nómina mensual de 2000 euros brutos por 12 meses.
Mi abogado unos días esta convencido de ganar y otras no tanto. Según va viendo sentencias.
Yo por mi lado lo veo clarísimo, pero la objetividad de cada uno es como los colores, a gusto de cada uno. Te estaría muy agradecido si nos informaras de como obtener sentencias o bien esperar a que las cuelgues por si hay alguna que se ajusta a mi caso. Muchas gracias a todos los que participáis en este foro, y en algún otro Verinox, Sard, Francolla, y muchos otros que ahora no me vienen a la cabeza. A ver si entre todos conseguimos que se ponga fin al feminismo igual que se esta haciendo con el machismo. Dejo mi corro por si pudiera interesar a alguien o ayudarme enviándome sentencias.
Sard,
No sé si hacen distinción en el momento de conceder una prórroga al uso, en función si el uso ya lo tenía por ser la más necesitada, (porque siguen existiendo las circunstancias que la motivaron), o si dan la prórroga porque se acaba el plazo con la mayoría de edad y motivan la prórroga con el bien más necesitado de protección.
Porque las circunstancias que presentó ella de ser el bien más necesitado de protección, las va a hacer perpétuas! Y mi intención es conseguir que no le den ningún tipo de prórroga, ni dos años, ni dos días.
Por supuesto. En cuanto llegue a casa copio los enlaces a las sentencias.
Espero que os sirvan, yo he ido filtrando y quedándome con las que más se ajustan a mi caso.
En mi caso, la custodia es compartida, la vivienda es privativa mía y el uso ya lo tiene ella por ser la más necesitada, y lo tiene hasta la mayoría de edad, susceptible a prórroga.
Sí Rache, yo la he recurrido pero me temo no harán gran cosa en la Audiencia, ya que mi abogado se ha limitado a recurrir pero no aporta ninguna sentencia del Supremo, por ello, me temo tener que recurrir al Supremo muy prontamente. Si me puedes decir donde conseguir dichas sentencias para poder aportarlas, haría un bien a muchos que padecemos como tú este gran problema. ***
Es muy de agradecer lo que expones.
Saludos.
Sí Rache, yo la he recurrido pero me temo no harán gran cosa en la Audiencia, ya que mi abogado se ha limitado a recurrir pero no aporta ninguna sentencia del Supremo, por ello, me temo tener que recurrir al Supremo muy prontamente. Si me puedes decir donde conseguir dichas sentencias para poder aportarlas, haría un bien a muchos que padecemos como tú este gran problema.
Es muy de agradecer lo que expones.
Saludos.
RACHE, te agradecería me pudieras facilitar donde poder conseguir las sentencias del supremo para podérselas llevar a mi abogado. En principio pondremos la demanda a finales de este mes o primeros de diciembre.
Rache que buena noticia me das. Se la adjudican por 10 años en base a la más digna de protección y nada más . Creo será por los 20 años de casada y a que solo tiene un trabajo esporádico, pero esto último lo supongo yo no lo pone en la sentencia solo que la declaran la más digna de protección. TE PREGUNTO RACHE SI ME PUEDES ENVIAR ALGUNAS DE ESAS SENTENCIAS A MI CORREO O FACILITARME LA VÍA PARA QUE YO LAS BUSQUE. ES LA MEJOR NOTICIA QUE ME HAN DADO. muchísimas gracias.
Estoy haciendo una recopilación de sentencias recientes del Supremo que limitan el uso de la vivienda a la exmujer.
Me sorprende muchísimo tu sentencia, me parece más que desproporcionada y sinceramente, creo que con un buen recurso tienes muchas opciones de ganar.
Leyendo las sentencias recurridas, como norma están limitando a unos dos años la atribución cuando se les da el uso por ser el bien más necesitado de protección.
Cómo ha motivado la sentencia el juez para darle 10 años más?
Llevas toda la razón en lo que dices. Me refería en el caso de personas civilizadas y normales. Esta claro que es lo que menos abunda por lo que se lee.
Bufffff Francolla en que los derechos deberian ser los mismos estoy de acuerdo pero lo de vivir juntos hasta la mayoria de edad habiendo mala relativo entre los padres no haria sino multiplicar el daño los niños lo percibira todo y lo sufren. Yo aguante en casa por ellos porque me daba miedo dejarlos con una desequilibrada y lo que consegui fue que me tendieran una trampa y acabar siendo un maltratador a ojos de la justicia. Mi niño pequeño siempre me lo dice que por pensar en ellos me destrozaron la vida y que cuando sea mayor de edad va limpiar mi nombre........
Ahora mismo con la ley de violencia de genero como esta y si das con alguien como mi ex lo unico que se consegue permaneciendo alli son provocaciones y malos tratos pscologicos que a los hombres no nos los valoran.
El que calla otorga, hay que igualar los derechos del hombre con los de la mujer, no por no haber parido no se sienten a los hijos. Lo que pasa que los perjudicados son los niños, hoy con uno y mañana con otro. La separación debía de concederse a la mayoría de edad de los hijos y vivir en la misma casa aunque no haya contacto entre los padres, eso en beneficio de los inocentes que son los hijos