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Extinción contrato temporal

9 Comentarios
 
30/10/2008 18:19
Hola! perdonar por meterme en la conversacion pero tenia la misma duda y otra mas ¿Los conceptos salariales de las tablas del
Convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato? donde las miro? Se supone que en mi nomina... pero entra el plus extrasalarial, el plus salarial y la mejora voluntaria? cuento tambien las pagas extras?
AYUDA por favor soy una torpe para estos temas y encima que me han despedido seguro que me
engañan!!!!

GRACIAS
perfil MS
10/09/2008 08:24
Muchas gracias a los tres. Saludos.
09/09/2008 20:46
Hola,

la verdad es que no me explico los lios que se montan a menudo en el foro.

Supongo que lo que tengo que hacer es calcular todos los conceptos salariales que ha percibido durante su relación contractual y abonarle el citado 7%, ¿no?.

Te lo dicen Iuris Rock y Federico, dos de los mejores foreros que hay en el foro, te lo argumentan y tú todavias tienes dudas

Pues si quieres una tercera opnión te la doy:

Supongo que lo que tengo que hacer es calcular todos los conceptos salariales que ha percibido durante su relación contractual y abonarle el citado 7%, ¿no?.

SIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII,

Un saludo
perfil MS
09/09/2008 19:50
Muchas gracias.
O sea, que en el sector de la construcción, tratándose de una obra o servicio determinado, habré de estar a lo dispuesto para el contrato fijo de obra y aplicar el 7% de indemnización. Supongo que lo que tengo que hacer es calcular todos los conceptos salariales que ha percibido durante su relación contractual y abonarle el citado 7%, ¿no?.

Gracias. Saludos.
09/09/2008 19:41
Si lees el contenido del contrato, se corresponde con el contrato por "fin de obra" "obra o servicio determinado"... las cosas son lo que son, y no hay que guiarse por el nombre literal, ese es el contrato de obra y servicio, y ese es el parrafo que se aplica y no el del siguiente artículo siguiente.

Un saludo
perfil MS
09/09/2008 19:31
Desde luego no está entre mis aficiones inventarme los convenios...
Mi transcripción corresponde al artículo 21 del convenio provincial, que, según he comprobado, reproduce, al igual que el artículo 20.6 literalmente lo dispuesto por el convenio estatal.
No obstante, el 20.6 dice literalmente "En todos los supuestos regulados en los apartados anteriores...", versando el mencionado artículo sobre el contrato fijo de obra y no sobre el 401 de obra y servicio determinado suscrito en mi supuesto. De ahí la duda...

09/09/2008 19:23
MS... ¿tu sabes lo que es copiar un texto legal literal?

"6. En todos los supuestos regulados en los apartados
anteriores, y según lo previsto en el artículo 49.1.c) del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se
establece una indemnización por cese del 7 por 100
calculada sobre los conceptos salariales de las tablas del
Convenio aplicable devengados durante la vigencia del
contrato."...

¿tiene algo que ver eso con lo que tu has escrito? ¿¿o esq tu te inventas los convenios?
09/09/2008 19:16
Hola, la indemnizaicon es del 7% , y asi esta establecido en el articulo 20.6 del convenio nacional de la construccion

Un saludo
09/09/2008 19:00
Yo entiendo que no se aplica el 7% ya que dice: por circunstancias de la producción "O" interinidad, yo entiendo que ese "o" deja el listado cerrado, sino podría haber dicho: los contratos de duración determinada... y no tendría que haber especificado esos 2. Realmente no lo se, jamás tuve que trabajar con ese convenio. Espera que te responda alguien más experto que yo.

Un saludo
Extinción contrato temporal
perfil MS
09/09/2008 18:42
Necesitaba saber qué indemnización le corresponde a un trabajador cuyo contrato se ha extinguido por finalización de la obra (contrato 401 por obra o servicio determinado):
Entiendo que según el artículo 49.1.c tendrá derecho a una indemnización de 8 días de salario por año de servicio.
Mi duda viene porque en el convenio de la construcción de aplicación dice que:
"Los trabajadores que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una indemnización de carácter no salarial por cese del 7 por 100 calculada sobre los conceptos salariales de las tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato".
La indemnización que hay que aplicar por extinción, ¿cuál es? ¿La de 8 días o la del 7%? ¿La del 7% es sobre todo lo que haya cobrado en coceptos salariales a lo largo de su relación contractual?
Cuando el convenio habla de contrato de duración determinada supongo que también se refiere a los contratos por obra o servicio determinado, ¿no?

Muchísimas gracias.