Pueden ir a notaría y hacer la extinción y la transmisión de la propiedad con precio aplazado y con una condición resolutoria: si no se pagan los plazos, la propiedad revierte en el vendedor. Pero desde el primer día la extinción se ha hecho en favor del adquiriente.
Hola, una consulta, se puede hacer una extinción de condominio pero haciendo el pago durante 10 años? Un pago cada mes de lo acordado, y al final el plazo lo que quede por pagar.
Esto es viable? En el caso que sí, me imagino que la extinción y cambio de propiedad no se haría hasta finalizar estos 10 años. Es así?
Gracias