Buenos días, si alguien ha estado en mí situación o puede informarme, lo agradecería.
Se ha publicado en el BOE nota-anuncio de un proyecto de canalización de una tubería, concediendo un plazo de 20 días a los afectados para alegar lo que consideren conveniente.
Es este el plazo que hace referencia la ley de expropiación forzosa, (servidumbre de acueducto) o luego a cada dueño de las fincas por las que discurre la tubería nos notificaran la indemnización que nos corresponde y en caso de oponernos podremos formular justiprecio?