Dos matices:
En primer lugar, dices "...... la comunidad de vecinos va a llevarlo a juicio porque entienden que si por unanimidad han votado que el ascensor se baje a cota cero, el juez les va a dar la razón.". Supongo que el propietario del local votaría en contra, luego NO es unanimidad.
En segundo lugar, tal y como está planteado el tema, parece que la única solución es la vía judicial, y en ese caso, ¿el juez les va a dar la razón?, pues dependerá de los argumentos que unos y otros aporten, en el caso del local el más importante puede ser la pérdida de funcionalidad.
Muchas gracias chelinka por la aportación.
Opino como tú, que debería utilizarse la opción menos gravosa, pero la comunidad de vecinos va a llevarlo a juicio porque entienden que si por unanimidad han votado que el ascensor se baje a cota cero, el juez les va a dar la razón.
Y el dueño del local opina que el no tiene porque ceder ni un metro de tienda, cuando existen otras alternativas.
Al final cada parte va a contratar un abogado. Por ello he expuesto aquí el tema, para ver si alguien del foro se ha encontrado está situación porque he rebuscado en Internet y no he encontrado nada.
Todo el mundo habla de cuotas, de indemnización, pero en ningún sitio he visto que se refieran a que ocurre si una parte se niega a que la expropien habiendo otras alternativas.
La situación me la ha planteado el arquitecto que ha contratado la comunidad para hacer el proyecto y que es amigo mio. Me ha parecido pertinente sacar el tema porque me parece interesante.
Lo dicho, gracias por el comentario.
Lo que ha de conseguirse es la accesibilidad universal. Si esta se consigue igualmente por medios alternativos que no perjudiquen a nadie sera esa la opcion a tener en cuenta.
Ademas para la accesibilidad universal por el art 10,1,b no es necesario votar siempre que el presupuesto de instalacion no supere las 12 mensualidades por año con lo que es mas factible de llevar adelante la obra.
Por otra parte los locales, segun lo que digan las escrituras de division horizontal y como norma y doctrina del supremo estan excluidos de contribuir a los gastos de bajada de ascensor a cota 0 pero no de contribuir a una rampa o salvaescaleras
Expropiación de local por bajada ascensor a cota cero, existiendo alternativas.
Buenas tardes:
¿Pueden expropiar parte de un local comercial para bajar ascensor a cota cero pudiéndose poner plataforma o rampa salvaescaleras?
No interesa el quorum necesario, la indemnización o la contribución al pago de la obra según cuota. Ceñirse a si se puede forzar la expropiación de parte de un local comercial, cuando queda acreditado que se pueden realizar otras alternativas como rampa o salvaescaleras que no afectan al local.
Sería interesante opiniones razonadas o fundadas.