Me surge una duda acerca de la diferencia entre el derecho positivo y el derecho objetivo, pues según tengo entendido el objetivo, es el conjunto de normas y el objetivo conjunto de leyes escritas...etc. entonces puede que esté el derecho positivo dentro del objetivo? o algo así?. Gracias
El derecho positivo es aquél creado por el hombre (ya sea escrito o no, como la jurisprudencia en algunos sitios, las leyes, o las costumbres), en contraposición con el Derecho Natural, que es ése que existe sin intervención del hombre (por ejemplo, derecho a la vida, o derecho a la igualdad, siempre según los iusnaturalistas). Para los iuspositivistas, todo derecho que no esté contemplado en un ordenamiento (digamos escritas para hacerlo más fácil) no existe. Así, si en un país no existe el derecho a la igualdad en alguna ley, no se puede aplicar. Los iusnaturalistas piensan que hay derechos que están por encima de las leyes escritas, y que independientemente que haya o no una ley que diga: "prohibido matar", el matar debe estar prohibido.
El derecho objetivo es la norma en sí dentro del ordenamiento objetivo (ejemplo: art. Artículo 809 del CC "Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte de la herencia").
El derecho subjetivo (del sujeto) es el que te corresponde como persona: "soy uno de los padres del finado, por lo tanto tengo derecho en estas circunstancias a la mitad del haber hereditario de mi hijo", basado en el derecho objetivo que marca el Art. 809 CC....
Efectivamente, el derecho objetivo es derecho positivo en nuestra sociedad.